Ahora que ya ha empezado a jubilarse la llamada como generación del baby boom, son muchas las dudas que surgen respecto a qué edad pueden hacerlo.
Las dudas surgen, entre otras muchas razones, porque a partir de 2027, la edad legal ordinaria de jubilación en España queda fijada en 67 años.
¿Se puede hacer antes? Sí, a los 65 años, siempre y cuando se hayan cotizado al menos 38 años y 6 meses.
Jubilación anticipada
El abogado laboralista Ignacio de la Calzada explica en sus redes sociales que esas edades pueden variar según diferentes circunstancias. Una de ellas es lo que se conoce como jubilación anticipada involuntaria.
También conocida como forzosa, posibilita poder jubilarse hasta cuatro años antes de la edad legal ordinaria. Eso sí, para conseguirla, es requisito indispensable que el cese laboral se dé por causas ajenas a la voluntad del empleado. Hablamos de un despido o del cierre de la empresa.
Así lo remarca el abogado: “Para acceder a la jubilación anticipada involuntaria en España a partir de los 61 años, el trabajador debe haber cotizado un mínimo de 33 años y haber finalizado su relación laboral por causas ajenas a su voluntad, como un despido objetivo o un ERE”.
Y matiza: “El requisito básico es que te hayan hecho un despido objetivo. No vale disciplinario o te hayan hecho una modificación sustancial y te hayas tenido que ir”.
Claro está, ese adelanto lleva una contrapartida en forma de reducción de la pensión a cobrar. Es decir, que conlleva un impacto económico.
“¿Cuánto vas a perder? Depende de lo que lo anticipes”, apunta Ignacio de la Calzada. “Así, será entre un 24 y un 30% de tu base reguladora. La base reguladora se obtiene de los últimos 25 años. Pongamos que te van a quedar 3.000 euros, está bien. Si has cotizado los 37 años y 6 meses, pues perderías un 30% de esa base".
