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Las claves

El Pleno del Congreso debatió y votó el pasado 26 de mayo la Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular para modificar la Ley de Propiedad Horizontal. La misma plantea el hecho de permitir, de forma expresa, la celebración de juntas telemáticas y mixtas en las comunidades de propietarios.

“Esta reforma supone un paso muy importante para modernizar una ley de 1960 que necesita adaptarse a la realidad actual de las comunidades de propietarios”, afirma Pablo Abascal, presidente del CGCAFE (Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España).

Y añade: “La experiencia durante la pandemia demostró que las juntas telemáticas funcionan, facilitan la participación y permiten tomar decisiones con mayor rapidez y eficacia”.

Seguridad jurídica

Según el CGCAFE, este paso supone un importante avance para adaptar la gestión de las comunidades de propietarios a las necesidades actuales de digitalización, accesibilidad y agilidad en la toma de decisiones.

¿Qué contempla la propuesta legislativa? Además de regular la posibilidad de celebrar juntas por videoconferencia, incorporar el domicilio electrónico para las comunicaciones de propietarios y permitir el uso de libros de actas digitales, otra de las reivindicaciones de los administradores de fincas colegiados.

Asimismo, Abascal subraya el hecho de que la regulación aportará seguridad jurídica a una práctica que actualmente carece de una cobertura legal específica dentro del ámbito de las comunidades de propietarios.

“Resultaba difícil de entender que las juntas telemáticas estuvieran reguladas y plenamente aceptadas en prácticamente todos los ámbitos profesionales, empresariales y administrativos, y sin embargo no existiera una regulación clara para las comunidades de propietarios”, apunta.

Desde su punto de vista, la reforma ayudará a dar seguridad tanto a los propietarios como a los administradores de fincas”, señala Abascal.

¿Más ventajas? Los administradores de fincas colegiados remarcan que las juntas telemáticas o mixtas favorecerán especialmente la participación de propietarios con dificultades de movilidad, residentes en otras ciudades o países, extranjeros con propiedades en España, y personas que, por motivos laborales o personales, no pueden acudir presencialmente a las reuniones.

Y concluyen señalando que este tipo de herramientas pueden resultar fundamentales en situaciones excepcionales o de emergencia, como ya sucedió durante la pandemia o en la DANA.