Acceder a una pensión contributiva de jubilación en España no depende únicamente de haber acumulado años de trabajo a lo largo de la vida laboral.
Existe un requisito poco conocido que puede dejar sin esta prestación a personas que, pese a haber cotizado durante décadas, llevan muchos años fuera del mercado laboral.
La norma establece que no basta con alcanzar el mínimo de 15 años cotizados para tener derecho a una pensión contributiva. También hay que haber cotizado al menos dos años dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.
Se trata de la denominada 'carencia específica', una condición que suele generar sorpresa entre quienes creen que el tiempo total trabajado es el único factor determinante.
En la práctica, esto significa que un trabajador que cotizó durante 20 años al comienzo de su carrera, pero que posteriormente pasó más de 15 años sin trabajar ni realizar aportaciones a la Seguridad Social, podría ver rechazada su solicitud de pensión contributiva al alcanzar la edad de retiro.
Este requisito está recogido en el artículo 205.1.b) del Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La norma establece que, de los 15 años mínimos exigidos para acceder a la jubilación, al menos dos deben encontrarse dentro de los 15 años previos al denominado 'hecho causante', es decir, al momento en que se solicita la pensión.
La finalidad de esta exigencia es reforzar el carácter contributivo del sistema público de pensiones.
La Seguridad Social considera que la prestación debe guardar una relación con una vinculación relativamente reciente al mercado laboral y con las aportaciones realizadas al sistema en los años previos a la jubilación.
Aunque la mayoría de los trabajadores no suele verse afectada por esta condición, existen colectivos especialmente vulnerables.
Entre ellos figuran los desempleados de larga duración que no lograron reincorporarse al mercado laboral, personas que abandonaron su empleo para cuidar de familiares dependientes o emigrantes que desarrollaron gran parte de su carrera profesional en países sin convenios de Seguridad Social con España.
No obstante, existe una importante excepción conocida como la 'doctrina del paréntesis'.
Gracias a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, determinados periodos en los que la persona permaneció inscrita de forma continuada como demandante de empleo, o estuvo en situaciones como prisión, pueden no computarse dentro de esos últimos 15 años.
En esos casos, la Seguridad Social retrocede en el tiempo para buscar las cotizaciones necesarias.
Cuando la pensión contributiva es denegada por no cumplir este requisito, todavía existen alternativas. Una de ellas es solicitar una pensión no contributiva, destinada a personas con escasos recursos económicos.
Otra opción es suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social, que permite seguir cotizando mediante el pago de una cuota mensual para cumplir las condiciones exigidas y evitar perder el acceso a la jubilación contributiva.
