Con los meses de verano a la vuelta de la esquina, los trabajadores españoles ya comienzan a organizar sus vacaciones y por ello es de suma importancia saber cuántos días corresponden según la ley.
Según lo establecido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, a los empleados españoles les corresponden mínimo 30 días naturales de vacaciones anuales retribuidas.
Ahora bien, estos días de vacaciones no corresponden únicamente a los trabajadores a jornada completa, sino también a los trabajadores a jornada parcial. De esta manera, no se prorratean los días de vacaciones por trabajar menos horas.
¿Cómo se regula esto?
Los trabajadores a tiempo parcial gozan de los mismos días de vacaciones que los trabajadores a jornada completa: 30 días naturales que se traducen en 22 días laborables, dependiendo del convenio.
A pesar de trabajar menos horas, por ejemplo 20 horas semanales en vez de 40 horas, la ley establece que los días de vacaciones no son proporcionales a las horas, es decir, que se generan por día trabajado, no por horas trabajadas.
Con esto, lo que sí es proporcional a las horas trabajadas es el salario que se recibe en dichas vacaciones, ya que, si se trabaja media jornada el salario es inferior a jornada completa.
En caso de que el empleado no haya trabajado el año completo las vacaciones se generan de acuerdo al tiempo de contrato, pero no a la jornada. Así, se generan 2,5 días naturales por cada mes trabajado con lo cual un trabajador a media jornada que trabaje tan solo seis meses tendrá 15 días.
Por otro lado, el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores que regula las vacaciones de los empleados establece que "el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en el convenio colectivo o el contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a 30 días naturales".
También los días de vacaciones deben ser pactados entre empresa y trabajador y se deben conocer las fechas de las mismas con al menos dos meses de antelación.
En el caso de aquellos trabajadores que se encuentran de baja durante su tiempo de vacaciones, tendrá derecho a disfrutar de este tiempo en alguna fecha distinta a la de la incapacidad temporal aunque haya terminado el año natural al que correspondan, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 18 meses.
De esta manera, la idea de esta normativa es proteger el derecho del descanso del trabajador y que se aplique por igual a todos los trabajadores independientemente de la duración de su jornada diaria o semanal.
