Cuando llega una carta de Hacienda, el receptor comienza a temblar. Sin embargo, no todas son para reclamar algún tipo de cantidad. A veces, lo que hace la Agencia Tributaria es solicitar información.
“No todo lo que dice Hacienda es incuestionable”, afirma Francisco Blanco, asesor fiscal, laboral y contable en la red social LinkedIn. “Ellos siempre van a barrer hacia su terreno”.
Y añade: “Hay que saber qué pelear, cómo pelear y cuándo merece la pena. Porque no siempre se trata de pagar. Se trata de pagar lo justo”.
Pelear ante Hacienda
Casos que demuestran esto los ha habido. Por ejemplo, el futbolista y entrenador Xavi Alonso, la actriz Ana Duato, o el expiloto de motos Jorge Lorenzo lograron ganar a la Agencia Tributaria en los Tribunales.
“Hay casos que se pueden defender ante Hacienda y otros que no merece la pena pelear”, prosigue Blanco. Y pone un ejemplo no relacionado con famosos, sino con una empresa.
En concreto, habla de una empresa que en 2016 pagó 33.000 euros de plusvalía municipal por la venta de un inmueble. Nueve años después, en 2025, le devuelven esos 33.000 euros más 9.000 euros de intereses. ¿Motivo? No era conforme a derecho.
“Hasta aquí todo bien. Ahora viene lo interesante”, prosigue el asesor. Y se pregunta: “¿Hay que pagar Impuesto sobre Sociedades por ese dinero? Yo ya sabía por dónde iban los tiros, pero me gusta recabar opiniones de arriba”.
Llamó a Hacienda y habló con tres “especialistas”, como él los define. Dos le dijeron que sí, y uno que no. Su siguiente paso fue ir en persona y hablar con expertos en el Impuesto de Sociedades.
“Tampoco lo tienen claro. Finalmente, un superior me llama y me dice que sí tributa, sin más explicación”, continúa Francisco Blanco.
Desde su punto de vista, la situación se resume de la siguiente manera: “Te devuelvo un impuesto que te cobré mal, te pago intereses y ahora te vuelvo a cobrar por ello”. ¿Resultado? Unos 8.000 euros a pagar.
“Cuando cogí el caso, lo tuve claro. Todo depende de una cosa clave: qué se hizo en 2016 con esa plusvalía”, explica el experto. Si se dedujo como gasto, ahora tributa (reversión): si no se dedujo, hay defensa porque no sería un ingreso real, sino la devolución de un pago indebido”, concluye.
