Sara C.
Publicada
Las claves

La pensión de orfandad en España es una prestación económica de la Seguridad Social destinada a proteger a los hijos de una persona fallecida.

Aunque suele asociarse a menores de edad, lo cierto es que puede mantenerse durante más tiempo del habitual e incluso, en algunos casos, de forma indefinida.

De manera general, esta prestación se concede a los hijos biológicos o adoptados menores de 21 años. No obstante, el límite puede ampliarse hasta los 25 años si la persona no trabaja o si sus ingresos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, que actualmente ronda los 17.094 euros brutos anuales.

Esta condición busca apoyar a jóvenes que aún dependen económicamente y continúan su formación o no han logrado estabilidad laboral y por desgracia no pueden apoyarse en sus padres.

Sin embargo, cuando el beneficiario tiene reconocida una incapacidad permanente absoluta, la pensión puede mantenerse sin límite de edad, ya que se entiende que la persona no puede realizar ningún tipo de actividad profesional.

Lo mismo ocurre en los casos de gran invalidez, una situación más grave en la que la persona necesita ayuda de terceros para realizar tareas básicas de la vida diaria.

La cuantía de la pensión se calcula aplicando, por regla general, un 20% sobre la base reguladora del fallecido. Esta base depende de la situación laboral que tenía la persona en el momento de su fallecimiento y de las circunstancias concretas que hayan provocado la muerte. Por tanto, el importe puede variar de un caso a otro.

Para solicitarla, se recomienda hacerlo en los tres meses posteriores al fallecimiento del progenitor. Si se presenta fuera de ese plazo, el cobro solo se reconoce con una retroactividad máxima de tres meses.

Si se solicita a tiempo, la pensión puede abonarse desde el día siguiente al hecho causante o desde el primer día del mes siguiente si el fallecido era pensionista.

Sin embargo, en el caso en que la pensión se mantenga por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, esta ayuda puede extinguirse si desaparece la situación que la justificaba.

De este modo, se garantiza que la prestación se mantenga solo mientras se cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social.