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Las claves

El momento más importante a nivel de impuestos en España del año comenzó el pasado 8 de abril, primer día en el que miles de contribuyentes pudieron presentar el borrador de la Renta ante la Agencia Tributaria (AEAT).

Solo en las primeras horas desde la apertura, hasta las 13:00 horas del día 8 de abril, se habían realizado 843.000 declaraciones, un 8,3% más con respecto a la campaña del año anterior. Dato que demuestra que, aunque hay expertos que recomiendan realizarla con calma para comprobar bien las deducciones, gran parte de la sociedad se muestra impaciente por conocer el resultado.

La AEAT, a su vez, ha desvelado en la rueda de prensa de presentación de la campaña de 2025 que la mayoría de contribuyentes van a esbozar una sonrisa cuando completen todos los pasos del IRPF. El organismo ha adelantado que seis de cada diez declaraciones saldrán a devolver.

¿Qué margen tiene Hacienda para pagar?

Concretamente, el 62% del total recibirán una devolución, es decir 15.706.000 declaraciones de las 25.251.000 totales que espera la Agencia Tributaria recibir hasta el 30 de junio de 2026.

El artículo 103 de la Ley del IRPF aclara que "la Administración tributaria practicará, si procede, liquidación provisional dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración".

Es decir, el organismo dirigido ahora por Arcadi España tiene hasta el 30 de diciembre para hacer las devoluciones. Si no se ha producido antes de esta fecha, el contribuyente deberá reclamar ante la Agencia Tributaria para conocer el motivo por el que no se le ha transferido el dinero.

No obstante, no todos los españoles con contrato de trabajo en vigor están obligados a presentarla. Los ciudadanos que hayan cobrado durante 2025 menos de 22.000 euros brutos con un solo pagador o menos de 15.876 euros brutos con dos salarios están exentos de declarar el IRPF ante Hacienda.

Los expertos recomiendan que, aunque no sea obligatorio hacer la declaración, es sugerible presentarla de todos modos para que, en caso de que salga a devolver, se pueda cobrar el importe. En cambio, si sale a pagar, no hay obligación de presentar el borrador.

En la actualidad, solo es posible entregar el borrador de forma online, pero próximamente se podrá hacer por teléfono o incluso solicitar una cita presencial.

El 6 de mayo arranca el servicio telefónico, mientras que el 29 de mayo, un mes del final del proceso, se activa la atención presencial en las oficinas.