Las claves
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La Unión Europea ha intensificado la presión sobre España por no haber completado la transposición de la Directiva Delegada (UE) 2023/2775, que actualiza los criterios de tamaño de las empresas en la Directiva de Contabilidad.
Esta normativa, en vigor desde 2023, ajusta los límites de activo y cifra de negocios que definen micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, incrementándolos aproximadamente un 25% para reflejar la inflación acumulada desde 2013.
El objetivo de la directiva es claro: evitar que las PYMES "salten" artificialmente de categoría y queden sujetas a obligaciones de información financiera y de sostenibilidad diseñadas para compañías grandes.
Además, exige a todos los Estados miembros adaptar sus umbrales nacionales de manera coherente, asegurando comparabilidad y una igualdad de condiciones en el mercado único europeo.
Los Estados tenían como fecha límite el 24 de diciembre de 2024 para incorporar la norma y notificar a la Comisión Europea todas las disposiciones nacionales de transposición.
España, sin embargo, no había adoptado ni comunicado formalmente la normativa completa, lo que llevó a Bruselas a iniciar un procedimiento de infracción.
Primero enviaron una carta de emplazamiento el 31 de enero de 2025 y, posteriormente, con un dictamen motivado el 17 de julio de 2025, concediendo un plazo adicional para que Moncloa corrigiera la situación.
Pese a que España ha comenzado a tramitar cambios en sus normas contables y mercantiles, la Comisión considera que las medidas son insuficientes o incompletas. Por ello, el pasado 30 de enero el caso fue remitido al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
La consecuencia práctica de esta situación es que, hasta que España complete la transposición, los criterios de tamaño aplicados en contabilidad y obligaciones de información no coinciden con los estándares europeos.
¿La consecuencia directa? Que esto podría estar obligando a algunas empresas a cumplir con más obligaciones que empresas similares en otros Estados.
Posibles sanciones millonarias
Si se da el caso de que el TJUE declara el incumplimiento y España continúa sin cumplir, la Comisión puede imponer sanciones bajo el artículo 260 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
De ese modo se contemplan dos modalidades: una suma a tanto alzada, calculada según la gravedad y duración de la infracción y la capacidad de pago del Estado, y una multa diaria coercitiva mientras dure el incumplimiento.
No sería la primera vez que España se ve en un escenario así. En 2021, por no transponer la Directiva de protección de datos en el ámbito penal (2016/680), el TJUE impuso una sanción de 15 millones de euros y 89.000 euros diarios hasta completar la transposición.
Aunque por ahora la Comisión solo solicita que se declare el incumplimiento, los antecedentes indican que las multas en este caso podrían alcanzar cifras igualmente significativas, haciendo la obligación de transponer la Directiva en una prioridad inmediata para el Gobierno.
La actualización de los criterios de tamaño no es un mero trámite administrativo.
Es una práctica que afecta a la competitividad de las empresas, al cumplimiento de obligaciones legales y al acceso a un mercado europeo uniforme, y ahora, también, al riesgo de sanciones millonarias si España no cumple.
