Las claves
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La Unión Europea (UE) le ha llamado la atención a España. El 30 de enero la Comisión Europea dio a conocer el paquete de procedimientos de infracción y señaló que España no ha cumplido correctamente con las normas comunitarias sobre créditos hipotecarios.
Así, Bruselas inició un procedimiento de infracción al considerar que la legislación española no se ajusta a la Directiva 2014/17/UE de créditos inmobiliarios.
Con esto, España tiene dos meses para corregir su marco legal o justificarlo, esto bajo la amenaza de que el caso escale y acabe en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
¿Qué es esta Directiva?
La Directiva 2014/17/UE es la gran normativa europea sobre crédito inmobiliario con consumidores. En otras palabras, fija reglas básicas para los préstamos hipotecarios sobre la vivienda de uso residencial.
El objetivo de todo lo que establece esta directiva es proteger al consumidor y crear un mercado hipotecario único y más eficiente dentro de la Unión Europea.
Además, permite que intermediarios de crédito autorizados en un Estado miembro, puedan operar en otros países de la Unión Europea, a distancia o mediante sucursal.
Ahora bien, el motivo por el cual la Comisión Europea envió una 'carta de emplazamiento', el primer paso formal de un expediente sancionador de la UE, a España es porque considera que ha transpuesto de forma incorrecta dicha normativa.
Según lo expuesto, la Directiva exige que los intermediarios de crédito sean supervisados por el Estado miembro de origen, es decir, al país donde están autorizados.
Así, el país en el que operan, el Estado de acogida, debe tener un papel limitado, para facilitar que estos trabajadores puedan hacer operaciones en otros estados de la UE.
Es importante recalcar que un intermediario de crédito es un profesional o empresa que, sin ser el banco que presta el dinero, se dedica a poner en contacto a quien necesita un crédito con las entidades que lo conceden.
La Comisión Europea consideró que España y Austria, que también fue señalada, no reflejan bien este modelo y no se ajusta correctamente quién supervisa qué cuando el intermediario actúa de forma transfronteriza, lo cual puede distorsionar el funcionamiento del mercado único.
El segundo punto que reclama la Unión Europea a España tiene que ver con el acceso a las bases de datos de solvencia.
La Directiva exige que todos los prestamistas de cualquier país de la Unión Europea puedan acceder, en igualdad de condiciones, a las bases de datos utilizadas en un Estado miembro para evaluar la solvencia de los clientes.
Bruselas entiende que la legislación española no garantiza este acceso a las bases de datos utilizadas en España para analizar el riesgo del consumidor.
¿Cuáles son las consecuencias de esto para España? Si pasan los dos meses y no ha cambiado nada o la respuesta no es satisfactoria, la Comisión Europea puede emitir un dictamen motivado y, si la situación persiste, puede acabar en un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE.
De esta manera, el Gobierno español tendrá que evaluar cómo aplicar las medidas que le impone la Directiva europea o tendrá que afrontar sanciones.
