Las claves
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Los bancos ya no podrán mandar tarjetas de crédito sin que el cliente las haya pedido, ni subir el dinero disponible en la tarjeta o en el crédito sin avisar y sin que la persona lo solicite antes.
Así lo recoge el anteproyecto de Ley sobre Crédito al Consumo aprobado por el Gobierno, que busca atajar una práctica extendida y evitar situaciones de sobreendeudamiento.
La norma no deja lugar a dudas. Y es que con esto, queda prohibido dar créditos a los consumidores si no los han pedido antes y si no han dado su permiso de forma clara. Es decir, nada de colar créditos 'por sorpresa'.
Durante años, los bancos han ampliado límites de tarjetas o han activado nuevas líneas de crédito sin que el cliente lo pidiera. En paralelo, ofrecían tarjetas nuevas como parte de paquetes comerciales o promociones.
La Ley de Servicios de Pagos ya obligó a las entidades a "abstenerse de enviar instrumentos de pago que no hayan sido solicitados", salvo en el caso de renovaciones. Ahora, el Ejecutivo quiere ir más allá, poniendo el foco en impedir también la ampliación unilateral del crédito disponible.
No obstante, la prohibición no excluirá ofertas comerciales habituales como los préstamos preautorizados.
El Ministerio de Economía lo matiza explicando que "la prohibición de conceder créditos cuando no se haya solicitado no debe impedir que los prestamistas anuncien u ofrezcan créditos, que no concedan sin el consentimiento del consumidor".
Es decir, las entidades podrán seguir ofreciendo financiación, pero no activarla sin que el cliente dé su aceptación.
El anteproyecto transpone dos directivas europeas y regula la financiación al consumo en sentido amplio: préstamos personales, pagos fraccionados, microcréditos, créditos rápidos y sus variantes, incluyendo por primera vez los modelos conocidos como buy now, pay later.
Uno de los aspectos más destacados será la fijación de límites al coste del dinero para frenar la usura, con especial impacto en las tarjetas revolving, uno de los productos más caros del mercado.
Además, la norma prevé topes al coste de los descubiertos, nuevas obligaciones de transparencia y la supervisión del Banco de España para todas las empresas que concedan crédito al consumo, incluidas plataformas digitales.
Así que, ahora, si una compañía quiere financiar compras para vender más, deberá asociarse con un intermediario financiero regulado o no podrá cobrar intereses.
