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Las claves

La Agencia Tributaria ha confirmado que la campaña de la declaración de la Renta 2025/2026 comenzará el próximo miércoles 8 de abril, momento a partir del cual los contribuyentes tendrán hasta el 30 de junio para rendir cuentas con Hacienda.

Para reducir los impuestos a pagar, se podrán aplicar diferentes deducciones, algunas de ellas a nivel estatal y otras muchas que dependen de la comunidad autónoma de residencia. Entre todas ellas, hay una novedad de la que se beneficiarán los trabajadores con sueldos bajos.

En la próxima campaña del IRPF, Hacienda ha confirmado que incluirá una deducción de hasta 340 euros por persona a los trabajadores con los sueldos más bajos, cercanos al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2025, es decir, a los 16.576 euros anuales (1.184 euros mensuales en 14 pagas).

La finalidad de esta deducción es la de ayudar a que las rentas más humildes de nuestro país paguen menos o incluso estén exentas de pago alguno en la declaración de la Renta, contribuyendo de esta forma a reducir la presión fiscal a la que deben hacer frente.

Esta deducción no afecta a la base imponible ni al cálculo previo, sino que se trata de un descuento adicional que se aplica al resultado final del IRPF. La rebaja, en cualquier caso, es progresiva, de forma que, a medida que aumentan los ingresos, el descuento es menor, y viceversa.

De esta forma, el importe máximo que se puede deducir son los mencionados 340 euros para quienes tengan salarios brutos anuales en torno a los mencionados 16.576 euros anuales. A partir de ahí, la deducción se reduce en 20 céntimos por cada euro que supere el SMI.

La deducción de 340 euros en la Renta

Para poder beneficiarse de esta deducción de Hacienda, es necesario que el contribuyente reciba la mayor parte de los ingresos exclusivamente de su trabajo. Si hubiese otras rentas, estas no podrán situarse por encima de los límites fijados por la Administración, puesto que en ese caso no podrá ser aplicado.

Por otro lado, el importe a descontar nunca podrá superar el IRPF devengado. De esta manera, aquellos trabajadores que tengan una cuota muy baja no se podrán beneficiar de los 340 íntegros.

Por esta razón, muchos prefieren no presentar la declaración de la Renta por no llegar al mínimo, pero siempre será recomendable hacerlo, sobre todo en la situación actual en la que se aplicará esta deducción.

Deducciones de hasta 9.000 euros

Por otro lado, hay que destacar que la declaración de la Renta llega en 2026 cargada de nuevas deducciones, entre las que se encuentran aquellas destinadas a propietarios que realicen obras en su vivienda para la mejora de su eficiencia energética.

Esta deducción, que proviene del Real Decreto 16/2025, publicado el 23 de diciembre del 2025 y que modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), permitirá aplicar la deducción estatal en las viviendas en las que se lleven a cabo modificaciones que mejoren de forma considerable la eficiencia energética del inmueble.

La finalidad de esta medida no es otra que la de que sea un incentivo para que tanto los propietarios particulares como las comunidades de vecinos apuesten por reducir el consumo energético y mejorar la calificación energética de sus inmuebles.

Este año, millones de españoles podrán deducirse hasta 9.000 euros gracias a la decisión del Gobierno de extender la vigencia de las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética.

Para poder acceder a la deducción, se deberá acreditar que las obras realizadas mejoran la eficiencia energética del inmueble en al menos un 30%, siendo necesario para ello un certificado energético previo y otro posterior, ambos emitidos y visados por un técnico competente.

Deducciones por eficiencia energética

La normativa actual no establece una única ayuda para quienes realicen obras de mejora de la eficiencia energética, sino que se establecen distintos niveles de deducción en función del ahorro energético conseguido, así como del tipo de inmueble.

De esta forma, se pueden diferenciar tres modalidades diferentes, que son las siguientes:

  • Deducción del 20%: apta para pequeñas actuaciones que reduzcan en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda. Se puede reducir el 20% de las obras, con una base máxima anual de 5.000 euros y una deducción máxima de 1.000 euros.
  • Deducción del 40%: está pensada para obras de mayor alcance, con las que reducir el consumo de energía en al menos un 30% o que mejoren la calificación energética del inmueble hasta una clase “A” o “B”. Se puede deducir hasta un 40% de las obras, con una base máxima anual de 7.500 euros y un máximo deducible de 3.000 euros.
  • Deducción del 60%: pensada para comunidades de propietarios o edificios completos en las que las obras del conjunto reduzcan el consumo energético en un 30% o alcancen la clase “A” o “B”. En este caso, cada propietario podrá deducirse el 60% de su cuota de participación. La deducción máxima real es de 3.000 euros. Dado que las cantidades no deducidas se pueden trasladar cuatro años hasta una base acumulada de 15.000 euros, será posible una deducción total de 9.000 euros repartida en varios ejercicios.

Con estas deducciones se busca impulsar este tipo de reformas que suban la calificación energética de viviendas o edificios, contribuyendo a una mejor transición energética y ofreciendo ahorros significativos en la factura mensual.