Pocas veces he analizado un precedente jurídico tan peligroso y surrealista como el que pretende crear el Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Irán.

Sus dos artículos regulan una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, el primero, y establecen una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, el segundo.

Hasta aquí, más del mismo intervencionismo público contraproducente sobre un mercado con oferta y demanda descompensadas.

Parecería tan sólo otra muestra de tenaz contumacia en el propósito de intimidar a los propietarios para que no alquilen.

Sin embargo, el hecho diferencial, esta vez, radica en el mensaje de que el Gobierno logrará su propósito al margen de lo que decida el Congreso en el mes de abril.

Tal posibilidad trasciende la cuestión habitacional cotidiana y nos sitúa en el debate sobre el respeto de las reglas democráticas en un Estado constitucional.

Viviendas de alquiler asequible. E.E Zaragoza

No me escandaliza leer las críticas a quien vote u opine en contra, como si el Legislativo tuviera que asumir la condición de lacayo o los medios existieran para aplaudir cada tropelía reglamentaria o cada abuso de poder al que nos vamos acostumbrando.

Lo que sorprende y alarma es que se pase por alto el resultado que podría producirse si la interpretación complaciente de esta disposición fuera asumida por sus destinatarios.

Se hará mucho daño a los contratos de alquiler. Sea usted arrendador o arrendatario, sepa que las medidas incluidas afectan a su posición jurídica de un modo principal: generan inseguridad jurídica, incertidumbre y conflictos inmediatos sobre una cuestión tan delicada como los negocios jurídicos sobre la vivienda habitual.

Esto, en el presente, a corto plazo.

"Lo peor del decreto ley, como avanzadilla de una nueva forma de gobernar sin Parlamento, es su pretensión de producir efectos inalterables"

En el medio y largo plazo, agravarán la situación del mercado inmobiliario, al desincentivar la incorporación de más viviendas para arrendar. Tomarán nota los inversores de la desconsideración gubernamental hacia su libertad contractual y hacia los derechos de propiedad.

No olvidemos que en España muchas familias han ahorrado en ladrillo.

Colosales serán los perjuicios en las relaciones privadas. Enormes.

Pero lo peor del decreto ley, como avanzadilla de una nueva forma de gobernar sin Parlamento, es su pretensión de producir efectos inalterables.

Quiere mantener su "ultraactividad" cuando sea derogado, es decir, en el momento en el que el Congreso vote mayoritariamente en contra de sus contenidos.

Si, como todo parece indicar, se rechaza su convalidación, el efecto debería ser el borrado de sus consecuencias jurídicas, de todas ellas, ex tunc, desde el momento previo al plantón del grupo liderado por la vicepresidenta segunda, ministra de Trabajo y de Economía Social.

Lo hicieron porque sus rábulas de cabecera creyeron encontrar el truco perfecto para cambiar las leyes sin mayoría parlamentaria: la persistencia de los decretos leyes derogados.

Con este sabían bien lo que buscaban al intervenir el mercado de alquiler de viviendas y violar de forma palmaria el artículo 9.3 de la Constitución española.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto a la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez. Europa Press

Si no se sentaron en la mesa del Consejo de Ministros hasta que se comprometió su aprobación es porque alguien les dijo aquello de "Santa Rita, Rita, lo que se da no se quita".

La invocación de la guerra de Irán para el dictado de la norma también suena a lugar común, habitual en la política contemporánea. Una política marcada por el escaso respeto a la Constitución, al principio democrático, al pluralismo y a la división de poderes.

Posiciones que, además, demuestran un desconocimiento absoluto de los riesgos que generan y del porvenir que propician, porque cualquier Gobierno en el futuro podría intentar abusar como ellos aspiran a hacerlo ahora.

Arrendadores y arrendatarios se enfrentarán en los tribunales, por desgracia. Tales pleitos seguirán su curso por culpa del Gobierno, cuyas acciones demuestran, por cierto, la necesidad de blindar en la Constitución la propiedad y la libertad de empresa, derechos fundamentales no protegidos por el recurso de amparo.

Ambos presupuestos de la prosperidad deberían protegerse en la línea apuntada por los tratados europeos. Así no será tan fácil dañarlos con trucos tramposos como el real decreto ley de vivienda.

*** Ricardo Rivero Ortega es catedrático de Derecho administrativo de la Universidad de Salamanca.