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El calor del verano ya está aquí, y la primera reacción de millones de españoles ha sido acudir a la piscina, ya sea una pública o la que está mantenida por su comunidad de vecinos. Sin embargo, puede que pronto se la encuentren cerrada si no cumple ciertas normas.

Y es que el Gobierno ha introducido una nueva normativa que pretende regular el mantenimiento de las piscinas, que ahora solo podrá ser realizado por profesionales que tengan la acreditación adecuada.

Aunque originalmente el plan era que las nuevas normas entraran en vigor el pasado enero de 2026, finalmente la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó una prórroga de carácter excepcional que la ha trasladado a 2 de enero de 2027.

Por lo tanto, los profesionales, empresas y comunidades de vecinos tienen seis meses más para reaccionar; de hecho, el motivo detrás de esta prórroga se encuentra en que buena parte del sector, tanto el público como el privado, no estaba preparado para las nuevas normas.

Eso es porque, a partir del año que viene, se introduce la nueva cualificación profesional SEA757_2, un título oficial específico para el mantenimiento de piscinas. Y como no hay suficientes profesionales con ese título aún, la puesta en marcha este verano hubiera provocado un vacío legal y operativo, con miles de instalaciones sin personal habilitado.

La implementación del certificado SEA757_2 responde a la necesidad de homogeneizar la formación y garantizar la seguridad sanitaria pública; de hecho, la normativa española no hace más que adaptarse a las directrices de la Unión Europea.

Hasta ahora, para mantener una piscina sólo era necesario obtener un carné de manipulador de biocidas genéricos y pasar cursos cortos; sin embargo, eso es insuficiente en el contexto actual y para sistemas actuales que son más técnicamente más complejos.

En cambio, el nuevo programa formativo consta de un total de 360 horas distribuidas en módulos específicos sobre prevención de riesgos laborales, preparación y traslado de biocidas, y limpieza y mantenimiento de las piscinas.

De esta manera, cuando el profesional finalice el curso, debería ser capaz de controlar patógenos críticos como las Pseudomonas, la Escherichia coli o la Legionella, reduciendo los riesgos de infecciones e intoxicaciones entre el público.

Multas a empresas y comunidades de vecinos

Sin embargo, la nueva normativa también supone nuevas responsabilidades para las comunidades de vecinos y empresas especializadas, que ahora tendrán que asegurarse de contratar a profesionales cualificados.

La consecuencia más notable es que, a partir de la fecha límite de enero de 2027, las juntas de vecinos no podrán contratar a conserjes o personal interno para realizar las tareas de tratamiento químico del agua, si no tienen la formación.

Cualquier empleado, ya sea contratado por la comunidad de vecinos como conserje o por una empresa, tendrá que poseer la titulación SEA757_2, y las inspecciones de sanidad van a exigir la documentación que lo acredite junto con el libro de registro de la piscina.

En caso de que estas inspecciones descubran que los operarios no tienen la cualificación necesaria, se contemplan tanto sanciones económicas significativas como incluso el cierre cautelar de la piscina.

En concreto, la normativa remite directamente a la Ley General de Salud Pública, que establece varios tramos con diferentes cuantías para la multa dependiendo de la gravedad de la situación.

Una infracción leve, como que el operario se encuentre en medio del proceso de obtener la titulación pero no lo haya recibido aún, supondrá una multa de hasta 3.000 euros, igual que si se hubieran encontrado errores formales o libros no actualizados.

Piscina Camping Playa Paisaxe II

En cambio, las infracciones graves suponen que la comunidad o la empresa ha contratado a sabiendas a personal sin cualificación oficial, y en ese caso las multas pueden rondar entre los 3.001 y los 60.000 euros, especialmente si la falta de formación provoca problemas como una mala dosificación de biocidas.

Por último, las infracciones muy graves ocurren cuando un operario no cualificado comete una negligencia tal que provoque un brote infeccioso, como la legionella, o una intoxicación masiva entre los usuarios de la piscina.

En esos casos, la multa puede alcanzar los 600.000 euros, que tendrá que ser pagada por la comunidad de vecinos o por la empresa encargada del mantenimiento, dependiendo de quién haya contratado al operario.

Por ejemplo, si una junta decide simplemente mantener a su "conserje de toda la vida" aunque no tenga el certificado, será la responsable legal de cualquier infracción.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que los propietarios particulares de piscina están al margen de esta normativa. Siempre y cuando la piscina sea de uso exclusivamente familiar, no se requiere de mayores cualificaciones para mantenerla. Sin embargo, si contratamos a una empresa para que haga ese trabajo, en ese caso esta sí que tendrá que demostrar que el trabajador tiene la cualificación necesaria.