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Comprar un electrodoméstico, un teléfono móvil o cualquier dispositivo electrónico en España sufrirá un cambio directo en la forma en que los consumidores contemplan la información en los establecimientos.

A partir del 27 de septiembre entra en vigor la norma que obliga a los comercios, tanto en tiendas físicas como en plataformas electrónicas, a implementar un nuevo formato de etiquetado visible que informe de manera explícita sobre la garantía legal y comercial de cada producto.

Hasta la fecha, los detalles relacionados con la cobertura de reparación y sustitución solían quedar relegados a la letra pequeña. No obstante, y con la entrada de este distintivo, el usuario podrá comprobar a simple vista el nivel de protección que respalda al dispositivo antes de realizar cualquier desembolso económico.

El nuevo etiquetado obligatorio deberá situarse de manera clara e inequívoca en un lugar visible junto al precio del artículo, de modo que no genere confusión ni requiera un esfuerzo adicional por parte del comprador.

La etiqueta recogerá de forma unificada la duración de la garantía legal —establecida con carácter general en un mínimo de tres años en España—, destacando si el fabricante añade algún tipo de garantía comercial extendida de forma gratuita para premiar la durabilidad de sus componentes.

Asimismo, en aquellas categorías de productos donde esté regulado su uso, la señalización se complementará con indicadores sobre el índice de reparabilidad y la disponibilidad de piezas de repuesto.

Esta estructura permitirá comparar en el propio punto de venta la vida útil estimada entre varios modelos competidores, penalizando a aquellos fabricantes que diseñen equipos difíciles de reparar o con periodos de soporte técnico insuficientes.

Sanciones para los comercios que no adapten sus escaparates

La obligación incumbe por igual a grandes superficies, cadenas de distribución, pequeños comercios de barrio y páginas de e-commerce.

Estas últimas deberán actualizar las fichas de producto digitales para que el distintivo sea perfectamente visible junto al botón de compra, garantizando que el consumidor que navega desde el móvil o el ordenador disponga de la misma información que quien acude presencialmente a la tienda.

Por tanto, y a partir del 27 de septiembre, el incumplimiento de esta directiva será considerado una infracción en materia de consumo.

Las autoridades competentes en vigilancia de mercado podrán sancionar a los comercios que omitan la etiqueta o intenten enmascarar los plazos de garantía legal, consolidando un marco regulatorio que busca alargar la vida de los dispositivos y evitar el desecho anticipado de equipos perfectamente reparables.