Tras un verano intenso de calor, son miles de hogares los que ya piensan en soluciones para el año que viene, siendo la favorita de muchos la instalación del aire acondicionado.
Antes de tomar esta decisión debes tener en cuenta que colocar o mantener compresores visibles en la fachada principal puede situarse entre los 300 euros y los 3.000 euros en las infracciones de mayor gravedad.
Tras la finalización de las moratorias municipales a principios de año cedidas por muchos ayuntamientos, las administraciones locales están aplicando de forma estricta sus ordenanzas de protección del paisaje urbano y patrimonio.
El endurecimiento de la vigilancia y el control sobre estos sistemas de intercambio de calor se apoya en dos frentes legales muy estrictos.
Por un lado, la fachada se considera un elemento común del edificio. Alterarla sin la aprobación de la comunidad de vecinos constituye una infracción legal, abriendo la puerta a demandas civiles entre propietarios, respaldado por la Ley de Propiedad Horizontal.
Por otro lado, las ordenanzas municipales donde las normativas de protección del paisaje urbano prohíben de forma explícita que estos sistemas de climatización sean visibles desde la vía pública.
Esta rigurosidad se incrementa drásticamente en distritos o entornos de alto valor histórico, patrimonial o arquitectónico.
Las autoridades justifican la rigurosidad de estas medidas basándose en criterios esenciales de seguridad pública, salud y convivencia vecinal.
Un compresor exterior mal instalado o deteriorado representa un peligro real de caída hacia la vía pública, un riesgo físico que los ayuntamientos combaten mediante inspecciones preventivas.
Por otro lado el ruido constante de los motores y compresores está regulado bajo límites de decibelios sumamente estrictos, especialmente durante las horas de descanso nocturno.
Además, dejar que el agua de condensación gotee libremente a la calle es una práctica molesta y peligrosa para los peatones que conlleva una sanción inmediata en la gran mayoría de los núcleos urbanos.
¿Dónde se puede instalar de manera legal?
Para cumplir con la legislación vigente sin renunciar al confort térmico en el hogar, los equipos exteriores deben reubicarse en espacios no visibles desde la calle.
La alternativa idónea para la mayoría de bloques y pisos es colocarlos en los patios internos o lavaderos. También las azoteas o cubiertas comunitarias son una ubicación recomendada siempre y cuando se cuente con la aprobación vecinal e incluso en balcones siempre que quede oculto a la vista exterior.
En el contexto actual, la contratación de instaladores autorizados es fundamental. Ellos son quienes conocen los requisitos y restricciones técnicas locales para garantizar que el sistema cumpla estrictamente con la ley.
Al final, la fachada ya no es un espacio de libre disposición individual, sino un bien común protegido por los municipios y la propia comunidad de vecinos.
