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El ruido de los electrodomésticos se ha convertido en un motivo habitual de conflicto vecinal. La lavadora, en concreto, encabeza la lista de quejas en comunidades de propietarios de toda España.

En España no existe una ley estatal única que fije un decibelio exacto para cada aparato doméstico. El Gobierno aporta una base legal general a través de la Ley del Ruido 27/2003, y son los ayuntamientos los que desarrollan sus propias ordenanzas locales.

Esa normativa suele dividir el día en dos tramos horarios claramente diferenciados. El periodo diurno abarca generalmente desde las 08:00 hasta las 22:00 o 23:00 horas, mientras que el resto de la jornada se considera horario nocturno.

Durante el día, los ayuntamientos fijan de forma habitual un máximo de entre 35 y 40 decibelios en el interior de las viviendas. Por la noche, ese límite se endurece de manera notable y baja hasta un rango de entre 25 y 30 decibelios.

El problema surge cuando se compara esa cifra con el ruido real que genera un electrodoméstico tan común como la lavadora. Durante un programa de lavado convencional, el aparato puede emitir entre 45 y 50 decibelios.

Esa cantidad ya supera por sí sola los límites permitidos en horario nocturno en la mayoría de los municipios. Pero el verdadero pico de ruido llega en la fase de centrifugado, donde el nivel sonoro puede dispararse hasta los 70 decibelios.

Esa cifra está muy por encima de lo que permiten la práctica totalidad de las ordenanzas municipales, tanto de día como de noche. Por eso, poner una lavadora de madrugada, especialmente en verano, puede acabar derivando en una denuncia vecinal.

Ahora bien, superar técnicamente ese umbral de decibelios no implica que vaya a llegar automáticamente una sanción. La existencia de un exceso de ruido debe acreditarse mediante una queja formal y, en muchos casos, con una medición acústica. Esa medición debe ser profesional, pero es posible hacer una estimación con el propio móvil, con apps que sirven para ello.

Hay que tener en cuenta que el nivel de ruido molesto no hay que medirlo al lado de la lavadora, sino en la zona donde se molesta, es decir, en el dormitorio del vecino, su patio, etc.

El procedimiento habitual comienza cuando uno o varios vecinos presentan una queja porque consideran que las molestias son continuadas en el tiempo. La Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades actuar frente a actividades consideradas molestas dentro del edificio.

Lo recomendable, antes de llegar a la vía sancionadora, es intentar resolver el conflicto dentro de la propia comunidad de vecinos. El diálogo directo o, si resulta necesario, una junta extraordinaria de propietarios suelen ser el primer paso.

Solo cuando esa vía se agota entra en juego la posibilidad de presentar una queja formal al ayuntamiento. Es esa administración la que tiene las competencias para tramitar e imponer sanciones por ruidos en el municipio.

Las multas se dividen generalmente entre infracciones leves y graves, según la gravedad y la reincidencia del caso. Las leves suelen producirse cuando se supera ligeramente el límite de forma puntual, mientras que las graves aparecen por ruidos reiterados o especialmente intensos durante la madrugada.

Las cuantías varían de forma notable según la ciudad y la ordenanza aplicable en cada caso. En Madrid, por ejemplo, la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica establece que el periodo nocturno comienza a las 23:00 horas y se extiende hasta las 07:00.

Allí, las multas leves arrancan en torno a los 90 euros y pueden llegar hasta los 750 euros. En Barcelona, las sanciones por actividades domésticas ruidosas fuera del horario permitido, que va de 08:00 a 21:00 horas, pueden ser especialmente severas.

En los casos calificados como graves o cuando existe reincidencia por parte del infractor, el importe puede alcanzar los 3.000 euros. Esta cifra se repite en varias ordenanzas municipales como el techo máximo para las infracciones más serias.

Si el conflicto no se resuelve por la vía administrativa municipal, el proceso puede acabar en manos de un juez. En ese escenario, además de la multa correspondiente, el infractor podría verse obligado a pagar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.

Para evitar llegar a ese punto, los expertos recomiendan sentido común a la hora de usar los electrodomésticos más ruidosos del hogar. Programar la lavadora en horario diurno y evitar el centrifugado durante la noche son gestos sencillos que reducen notablemente el riesgo de una sanción.

También ayuda revisar el estado del propio aparato, ya que una lavadora mal nivelada o con una carga desequilibrada puede generar más ruido y vibración de lo habitual. Comprobar que las patas estén bien ajustadas y que la carga de ropa esté repartida de forma uniforme son medidas preventivas sencillas.

En definitiva, aunque no exista una ley nacional única sobre decibelios permitidos, el marco legal ya está en vigor a través de las ordenanzas municipales. Conocer los horarios y límites de tu ciudad es la mejor forma de evitar una denuncia vecinal y una posible multa.