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Si damos un paseo por una zona residencial aleatoria en España, es muy probable que nos encontremos con una visión muy común: una lavadora en el balcón o la terraza. En muchas ocasiones, es porque no hay más remedio, pero si lo vamos a hacer debemos tener en cuenta ciertas normas.

Instalar la lavadora en el balcón es algo que se suele hacer por un motivo simple: no hay más espacio en el apartamento, o el piso no cuenta con una zona dedicada a la colada. También suele ayudar a reducir las molestias por el ruido, y si vamos a colgar la ropa en el mismo balcón, es mucho más práctico tener la lavadora cerca.

Sin embargo, si vamos a optar por esta solución puede que un día nos encontremos con que nos han enviado una multa que puede alcanzar los 3.000 euros, y puede que no sea por el motivo que sospechamos.

Para empezar, el problema más obvio de tener la lavadora en un lugar abierto es el ruido. La ley 37/2003, conocida como Ley del Ruido, ya establece un marco sobre el que los ayuntamientos pueden regular la contaminación acústica, y a eso hay que sumar la Ley de Propiedad Horizontal que en su artículo 7.2 prohíbe desarrollar actividades "molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas" en el hogar.

A partir de estas leyes, cada ayuntamiento ha desarrollado ordenanzas que establecen los niveles de ruido máximos, pero en la mayoría de los casos, se establece un nivel máximo de ruido de 35 decibelios durante el día y de entre 25 y 30 decibelios durante la noche.

Teniendo en cuenta que las lavadoras suelen emitir entre 45 y 50 dB durante el proceso de lavado, y hasta 70 dB durante el proceso de centrifugado, eso significa que vamos a superar el límite sí o sí.

En la práctica, las leyes contra el ruido están diseñadas para evitar abusos, y la policía no nos va a multar por poner la lavadora; pero es importante tenerlo en cuenta, especialmente si tenemos una tarifa eléctrica más barata por la noche y queremos aprovecharla poniendo la lavadora a partir de las 23:00.

Y es que la lavadora va a molestar más a los vecinos si se pone a centrifugar en mitad de la madrugada y está instalada en la terraza, evidentemente; a eso hay que sumar que durante el verano, muchas ventanas estarán abiertas, facilitando la entrada del ruido y provocando más molestias.

Sin embargo, el ruido no es el único motivo por el que nos podrían multar.

Multas por el agua de la lavadora

Por ejemplo, otro aspecto que puede crear conflicto es la evacuación del agua de lavado. La instalación de una lavadora en una zona exterior requiere de una conexión directa a la red de tuberías internas para aguas grises del edificio.

La legislación prohíbe de manera directa los desagües libres que viertan agua, incluso si la dirigimos a los sumideros instalados para el agua de lluvia que podamos tener en la terraza; también está prohibido verter el agua en patios interiores o directamente a la vía pública.

Los sumideros no pueden ser usados para soltar el agua de la lavadora

Los vertidos no canalizados de agua con detergentes y agentes químicos conllevan sanciones por vulneración de las ordenanzas de medio ambiente y limpieza, y las cuantías suelen oscilar entre los 150 y 900 euros, aunque de nuevo, depende de la norma de cada ayuntamiento.

Multas por estética

De la misma manera, la misma Ley de Propiedad Horizontal que sirve para multar por ruidos también incluye la prohibición de que un propietario realice modificaciones en los elementos comunes del edificio que afecten a "la seguridad, la estructura o la configuración exterior del inmueble".

En otras palabras, no podemos instalar tomas de agua y tuberías para hacer funcionar la lavadora en el balcón o la terraza (en realidad, cualquier zona visible desde la calle) sin la autorización expresa de la comunidad de vecinos, ya que se considera una vulneración estética y estructural que puede ser denunciada.

En caso de que nos denuncien por hacer estas obras menores para instalar la lavadora, nos pueden obligar a retirar el electrodoméstico y a pagar los costes de restitución de la fachada.

A eso hay que sumar que muchos ayuntamientos también cuentan con ordenanzas sobre el paisaje urbano que incluyen la prohibición de modificar la estética de las fachadas visibles desde la vía pública, lo que puede acarrear multas de hasta 1.500 euros según la ciudad.