Los Tratados de la Unión Europea (artículo 346 del TFUE) establecen que la responsabilidad en el control de las exportaciones de material de defensa recae en los Estados miembros. Las relaciones de defensa y, en particular, su dimensión exportadora constituye un elemento esencial de la política exterior.

Al mismo tiempo, el potencial exportador es un factor decisivo para la competitividad internacional de la Base Industrial y Tecnológica de la Defensa (DITB, por sus siglas en inglés) y para alcanzar la autonomía estratégica europea.

Los Estados miembros cuentan con una amplia experiencia en el control de las exportaciones de armas para evitar el desvío de los bienes exportados a destinos no autorizados, como por ejemplo a Estados sujetos a sanciones internacionales de la Unión Europea o de las Naciones Unidas.

Según datos del Instituto Internacional de Investigación para la Paz de Estocolmo (SIPRI) y de la Agencia Europea de Defensa (EDA), las empresas europeas del sector han reforzado considerablemente su posición en los mercados mundiales de armamento: los 27 Estados miembros representaron el 28 % de todas las exportaciones mundiales de armas en el periodo 2021-2025.

La cooperación en el sector de la defensa ha permitido establecer alianzas estratégicas entre los Estados europeos y destacadas potencias regionales no europeas.

Muchas de las exportaciones europeas de armas más destacadas provienen de programas industriales multinacionales, como el Eurofighter Typhoon (Reino Unido, Alemania, Italia, España), el NH90 (Francia, Alemania, Italia, Países Bajos), el A400M Atlas (Alemania, Francia, Reino Unido, España, Bélgica, Turquía, Luxemburgo), el MRTT (Multi-Role Tanker Transport, un programa de Airbus en el que participan Francia, Alemania y España), entre otros.

Ninguna de estas exportaciones hubiera sido posible si los participantes europeos en un programa multinacional no hubieran estado dispuestos a delegar en uno de sus socios la responsabilidad final de la exportación, sin ejercer por ello su derecho de veto.

Un mecanismo equilibrado

Para reforzar las capacidades operativas y tecnológicas europeas en el ámbito de la defensa, la cooperación entre los estados miembros y sus empresas resulta indispensable con el fin de alcanzar la masa crítica necesaria, siempre y cuando el hecho de ser programas multinacionales no debilite el potencial exportador.

El desafío consiste, por tanto, en armonizar el carácter estatal-nacional de la política de exportación de armas con la interdependencia creada mediante la cooperación intergubernamental e industrial dentro de Europa.

En este sentido, el Acuerdo sobre Control de Exportaciones en la Industria de la Defensa, firmado en París el 17 de septiembre de 2021Acuerdo Trilateral» – Francia/Alemania/España) establece un sistema equilibrado y respetuoso con los Tratados.

El Acuerdo establece un sistema simplificado de autorización de exportación para bienes de defensa y de doble uso. Este sistema simplificado elimina la necesidad de licencias individuales por cada país que suministra elementos o componentes para el producto exportado, requiriéndose solo una licencia emitida por el país del exportador final (generalmente el país que ensambla el producto).

Y también establece un mecanismo cuando la participación de un estado en la producción del material exportado no supera el 20%, en virtud del cual se considera que ese estado concede automáticamente su visto bueno a la autorización de exportación (regla de minimis). Los signatarios del Acuerdo Trilateral mantienen reuniones frecuentes para identificar áreas de interés común.

Al mismo tiempo, cada socio se reserva excepcionalmente el derecho de rechazar una exportación cuando la misma pueda afectar a intereses nacionales directos o por consideraciones de seguridad nacional. En tal caso, el Acuerdo Trilateral establece que los firmantes llevarán a cabo consultas para superar el bloqueo o encontrar soluciones alternativas.

Este sistema simplificado hace innecesarias las licencias de exportación para cada componente individual; solo se requiere la autorización del Estado que finalmente realiza la exportación.

Tres conclusiones

De todo lo anterior, se desprenden tres conclusiones fundamentales:

Importancia de las exportaciones a terceros países: Para alcanzar la masa crítica necesaria en la industria europea de defensa, las exportaciones de armas a terceros Estados tienen una crucial importancia. Esto es relevante tanto para el desarrollo progresivo de una Política Común de Seguridad y Defensa (que algunos denominan la Unión Europea de Defensa en formación), como para lograr una mayor autonomía estratégica europea y el desarrollo de programas de cooperación intraeuropeos.

Una responsabilidad estatal clave: El control eficaz de las exportaciones de armas es una responsabilidad central de los gobiernos de los Estados miembros. Ahora bien, una vez aprobada una exportación, resulta altamente deseable contar con un fuerte apoyo político coordinado dado que nos movemos en un entorno de elevada competencia.

Respaldo al modelo Trilateral y su expansión: Eurodefense da su pleno apoyo a los principios contenidos en el citado «Acuerdo Trilateral», el cual —tras su reciente ampliación al Reino Unido, se ha convertido en un Acuerdo Cuadrilateral, y esperamos que se adhieran también en breve Países Bajos, Suecia e Italia (antes de que finalice 2026 o a lo largo de 2027). Parece conveniente que los Estados miembros participantes, así como el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y la Comisión Europea, promuevan activamente estos principios como marco de referencia para toda la UE en programas de cooperación estatales o industriales, así como en aquellos cofinanciados mediante instrumentos Comunitarios.

27 sistemas regulatorios

Consideramos que los principios y mecanismos contenidos en el mencionado Acuerdo Cuadrilateral deberían extenderse, con carácter general, al marco europeo. Al hacerlo, debe tenerse en cuenta la creciente importancia que adquirirá en los próximos años el desarrollo conjunto de programas industriales de defensa entre Estados europeos.

El objetivo es reforzar los controles de exportación en este ámbito. Esto requiere normas más claras, mayor transparencia y armonización para evitar que coexistan 27 sistemas regulatorios distintos dentro de la UE.

Como orientación fundamental sirve el Acuerdo Cuadrilateral, que previsiblemente se convertirá en un convenio intergubernamental entre los siete países europeos que son los principales exportadores de armamento de nuestro continente.

Las recientes deliberaciones entre el Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo sobre la directiva de simplificación Omnibus (“Defence Readiness Omnibus Directive) han sido arduas, aunque en última instancia constructivas. El compromiso alcanzado en el triálogo el 10 de junio de 2026 salvaguardó una clara distribución de competencias, al excluir los actos delegados y los actos de ejecución de la Comisión en un ámbito que sigue siendo competencia de los Estados miembros.

*** Manuel de la Cámara Hermoso, Embajador, Miembro de Eurodefense España