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Con los precios del mercado inmobiliario en constante aumento, comprar una vivienda en pareja se ha consolidado como una de las opciones más accesibles para lograr adquirir una casa en propiedad en España. De hecho, este tipo de operaciones ya representa el 74 % de las compraventas en el país.

Cada vez son más las parejas que deciden comprar una vivienda sin estar casados, una fórmula cada vez más común pero no exenta de riesgos. Por eso, lo más aconsejable en estos casos es firmar un contrato de copropiedad que deje por escrito los derechos y deberes de cada uno. Así lo advierte Manuel Requena, abogado con más de 30 años de experiencia, en uno de sus vídeos compartidos en redes.

Tal y como señala el abogado, uno de los fallos más habituales se produce cuando solo uno de los miembros de la pareja aporta el dinero de la entrada y, aun así, la vivienda se inscribe a nombre de ambos al 50 %, una decisión que muchas veces se toma por motivos emocionales y sin valorar sus consecuencias legales o fiscales.

"Poner la casa a nombre de los dos al 50% - 50 % como acto romántico está muy bien, pero si lo firmas así directamente estás regalando 30.000 euros el día de la firma y en un futuro, pues incluso mucho más, dependiendo de las circunstancias".

El abogado insiste en que, una vez que la vivienda queda inscrita en el Registro de la Propiedad, lo determinante es lo que aparece en la escritura, independientemente de quién haya aportado más dinero.

"Si inscribes la vivienda 50 % - 50 % en el Registro de la Propiedad, va a constar, lógicamente, que eres dueño de la mitad y eso será lo que cuente si algún día os separáis o vendéis y no importa quién haya puesto más dinero; si no está reflejado en la escritura cuando compréis la casa, se entiende que ambos habéis aportado lo mismo", subraya Requena.

El riesgo no es solo sentimental o económico, también puede tener implicaciones fiscales. Así lo explica Manuel Requena, que advierte sobre las posibles consecuencias ante Hacienda si no se refleja correctamente quién aporta qué en la compra: "Si tú has puesto toda la entrada y ella nada, Hacienda puede decir que hay una donación encubierta y puede reclamarte, no solo el impuesto de donaciones, sino el impuesto de IRPF al donante que eres tú".

Reparto por porcentajes

La forma de evitar problemas, según Requena, es dejar por escrito ante notario qué porcentaje de la vivienda corresponde a cada uno. Calculando en base a lo que realmente aporta cada parte. Esto incluye tanto el dinero inicial de la entrada como las futuras cuotas de la hipoteca.

Requena pone un ejemplo práctico para ilustrar cómo debería repartirse la propiedad según las aportaciones reales: "Por ejemplo, si compras una vivienda de 250.000 euros, pones una entrada de 60.000 euros y la hipoteca de 190.000 euros la pagáis a medias, a ti te corresponde un 62% de la vivienda y a tu pareja un 38%", explica. "Eso es lo que debería constar en la escritura de la vivienda", añade.

Así, se deja constancia clara del reparto y se evitan posibles conflictos más adelante. Además, se garantiza que Hacienda no interprete la operación como una donación, que el Registro recoja fielmente la proporción real de propiedad y que, en caso de separación, cada uno mantenga lo que realmente aportó en la compra.

En el caso de aquellas parejas que opten aún así por mantener el reparto al 50 %, Requena finaliza con un último consejo: "Si a pesar de todo esto sigues prefiriendo que conste que ambos sois propietarios al 50 %, al menos firma un documento privado en el que conste que tú estás aportando esos 60.000 euros de capital inicial a la compra de la vivienda por si en algún futuro tienes que reclamárselos o compensarlos de alguna manera".