Una herencia, según la Real Academia Española (RAE), es un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que, al morir alguien, son transmisibles a sus herederos. Aunque el primer pensamiento que se viene a la cabeza es el traspaso de dinero y propiedades al beneficiario, la herencia también incluye el pago de impuestos.
Dominga Guzmán es una jubilada que ha recibido una herencia inesperada y por obligación de 200.000 euros de su sobrino -ya que la familia más cercana de este había fallecido con anterioridad-, con el que no tenía apenas contacto porque él vivía en Córdoba y ella, por su parte, en Madrid.
Sin embargo, es un dinero envenenado, ya que según ha contado la hija de Dominga, María Jesús, en Y ahora Sónsoles, su primo extrajo durante su último año de vida 108.000 euros del banco. Por consiguiente, el fisco andaluz les ha pedido que envíen "una relación de un año antes de fallecer de los movimientos de dos cuentas que mi primo tenía". "Una trampa", añade la hija de Dominga.
Evitar donaciones encubiertas
El motivo es que según la Ley de Donaciones y Sucesiones, en concreto el artículo 11, los bienes del testador, desde un año antes del fallecimiento, pueden ser parte de la herencia para evitar donaciones encubiertas. Por lo tanto, la Agencia Tributaria considera que Dominga ha recibido 308.000 euros, en vez de los 200.000 euros iniciales.
En consecuencia, la heredera debe pagar al Estado 45.000 euros en materia de impuestos por la sucesión o justificar los movimientos bancarios del fallecido durante el último año. Esta carga tributaria sería inferior si Dominga tuviera un grado de parentesco mayor (hija, cónyuge o madre).
Tanto María Jesús como su madre se muestran contrariadas a la par que confusas con la situación, ya que en ningún caso podían saber lo que estaba haciendo el sobrino de Dominga con el dinero. "Él vivía en Córdoba y yo en Madrid. No estábamos en contacto, ni nos carteábamos ni nada. Si hubiera vivido en el mismo sitio que él sabría para qué sacaba ese dinero", sostiene la heredera.
Por este motivo, Sonsoles Ónega ha contactado durante el programa con Julio Ransés, inspector de Hacienda, para que ofrezca un poco de luz a una situación aparentemente injusta.
Efectivamente, el experto ha explicado que el Impuesto de Sucesiones recoge que el año anterior al fallecimiento del testador se contabiliza en la herencia, por lo que "se debe cuantificar ese impuesto como si se hubiera recibido esa cantidad", en alusión a los 108.000 euros que el familiar de Dominga retiró en el último año de sus cuentas bancarias.
Además, Ransés ha explicado que el motivo por el que se estableciese este epígrafe en la ley es que durante mucho tiempo los herederos, unos días antes del fallecimiento, iban a la entidad bancaria y detraían el dinero", para evitar el pago de impuestos posterior.
