Cada año, cuando se acercan las fiestas, muchos vecinos piensan en adornar sus balcones con luces navideñas. Sin embargo, conviene tener en cuenta que en edificios en régimen de propiedad horizontal este gesto puede no ser tan sencillo como parece.
La Ley de Propiedad Horizontal regula qué puede hacer cada propietario en su vivienda y define qué partes pertenecen a elementos comunes: la fachada del edificio, las barandillas de balcones o los elementos visibles desde la calle, aunque se usen desde dentro.
Por eso, aunque la decoración navideña no esté prohibida expresamente, la instalación de luces en balcones puede estar sujeta a la aprobación de la comunidad o al cumplimiento de los estatutos internos.
Balcón decorado de Navidad.
¿Qué dice la ley sobre decorar balcones? Según la Ley de Propiedad Horizontal, especialmente en su artículo 7.1, un propietario puede modificar su vivienda mientras no "altere la seguridad del edificio, su estructura general, configuración o estado exterior, ni perjudique los derechos de otro propietario".
Por tanto, la fachada de un edificio, incluyendo balcones, barandillas y el conjunto visible desde el exterior, pertenece a la comunidad. Decoraciones que sobresalgan, alteren la estética o usen enchufes de forma visible pueden vulnerar esa normativa.
Del mismo modo, la ley también prohíbe actividades molestas, peligrosas o insalubres. Esto implica que, en ciertos casos, luces muy brillantes, instalaciones poco seguras o adornos voluminosos podrían considerarse una alteración incompatible con las normas de convivencia.
Aunque la ley fija un marco general, son los estatutos de cada comunidad los que realmente determinan lo que está permitido en la práctica. Muchas comunidades incluyen normas específicas sobre decoración, estética exterior, luces, banderas, plantas, etc.
Si en los estatutos hay una cláusula que prohíba colgar objetos visibles desde el exterior, o establezca que cualquier decoración debe pasar por junta, entonces poner luces navideñas podría ser una infracción.
En ausencia de norma expresa, lo más recomendable, y prudente, es pedir permiso a la comunidad o al presidente de la misma, para evitar conflictos. Muchas fuentes coinciden en que esa es la vía más adecuada en estos casos.
¿Qué debes tener en cuenta antes de colgar luces de Navidad? Que no sobresalgan del balcón, puesto que si las luces se cuelgan hacia el exterior o modifican la apariencia del edificio, podría ser motivo de reclamación.
Igualmente, debes tener en cuenta que la instalación sea segura. Evita enchufes improvisados o cables en zonas de paso; una mala instalación podría considerarse peligrosa.
De la misma manera, no debes molestar a los vecinos con luces demasiado potentes, parpadeos o adornos voluminosos, en tanto que pueden considerarse molestos, y estar prohibidos por normas comunes.
También debes revisar los estatutos de la comunidad, puesto que puede haber cláusulas específicas que regulen la decoración exterior, balcones, terrazas o fachada.
Un balcón iluminado.
Y finalmente, deberás pedir permiso si hay dudas: un simple consentimiento de la junta o del presidente puede evitar problemas futuros.
La llegada de la Navidad invita a decorar, iluminar y dar ambiente festivo al hogar. Pero en viviendas bajo régimen de comunidad de propietarios, comunes en España, ese gesto puede requerir algo más que unas luces bonitas.
Luces en un balcón.
La Ley de Propiedad Horizontal deja en manos de la comunidad la decisión sobre cambios visibles desde el exterior, por lo que poner luces en tu balcón, en algunos casos, podría estar prohibido sin su aprobación.
