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El cuidado de las personas mayores continúa recayendo en buena medida sobre las propias familias en España. Los últimos datos del Imserso reflejan precisamente el importante papel que sigue teniendo el entorno más cercano cuando un familiar de más de 65 años necesita ayuda en su día a día.

Una responsabilidad que continúa teniendo rostro mayoritariamente femenino. Aunque existen recursos profesionales y servicios especializados, son muchas las mujeres que asumen buena parte de estos cuidados dentro de casa, con el esfuerzo personal, laboral y económico que esto puede llegar a implicar.

La situación puede complicarse todavía más para la conocida como "generación sándwich": adultos que atienden a sus padres mayores mientras todavía tienen hijos a su cargo. El Observatorio Cinfa de los Cuidados ha puesto el foco precisamente en el desgaste físico y emocional asociado a este doble cuidado

En este escenario, existe un beneficio fiscal que muchas familias pueden desconocer y que está relacionado con el mínimo por ascendentes en el IRPF. Dependiendo de la edad y de las circunstancias del familiar con el que se convive, la cantidad puede alcanzar los 2.550 euros anuales.

Precisamente sobre ello ha hablado la abogada Ariadna López en redes sociales. "Sabías que Hacienda ha aprobado una nueva deducción en la declaración de la Renta que puede ser de hasta 2.550 euros para personas que cuidan y conviven con mayores de más de 65 años", comienza explicando en uno de sus vídeos.

Qué requisitos hay que cumplir

No basta, sin embargo, con compartir domicilio. Entre las condiciones se encuentra que el ascendiente tenga más de 65 años o una discapacidad reconocida de al menos el 33 % con independencia de su edad y que haya convivido con el contribuyente durante, al menos, la mitad del ejercicio.

También existen límites relacionados con sus rentas. "Si convives mínimo 6 meses con la persona mayor, siempre y cuando esa persona no tenga ingresos superiores a 8.000 euros al año, te lo concederán", explica Ariadna. Además, si el ascendiente presenta declaración, sus rentas no pueden superar determinados límites establecidos fiscalmente.

Otra duda puede aparecer cuando son varios hermanos quienes cumplen las condiciones respecto al mismo ascendiente. La propia abogada recuerda que "en el caso de que haya dos hermanos al cargo, ambos podéis beneficiaros de la deducción". En estos supuestos, el importe correspondiente se prorratea entre quienes tengan derecho a aplicarlo.

La normativa fiscal contempla además beneficios específicos cuando el ascendiente tiene reconocida una discapacidad. Las cantidades dependen del grado y pueden incrementarse cuando existe una discapacidad igual o superior al 65 % o cuando se acredita la necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida.

Cómo se aplica en la Renta

Para beneficiarse de este mínimo por ascendientes es necesario reflejar correctamente la situación en la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente. Ariadna lo resume así: "Eso sí, hay condiciones. Cuando hagas la Declaración de la Renta tienes que buscar en el apartado de deducciones por mayores de 65 o 75 años y así ya lo tienes".

Será la Agencia Tributaria la que compruebe que se cumplen las condiciones exigidas, desde la edad y convivencia hasta los límites económicos. Además, cuando en una misma familia haya varios ascendientes que reúnan los requisitos, el beneficio fiscal podrá aplicarse por cada uno de ellos conforme a las reglas establecidas.