La histórica sentencia de la Corte Constitucional que ordena mejorar el sistema de protección de víctimas de trata en Colombia puede servir como ejemplo a seguir para mejorar los sistemas de protección de otros países de la región.

Yolanda (nombre protegido) llegó a Colombia con su esposo e hijas en 2019, después de aceptar una supuesta propuesta laboral para vender cafés. Sin embargo, al llegar descubrió que no la habían sacado de Venezuela para eso, sino que iban a forzarla a prostituirse y a sus hijas de 6 y 7 años también. Tras ser agredida sexualmente por uno de los tratantes, escapó del lugar y buscó ayuda.

“Yolanda interpuso una denuncia, pero la Fiscalía determinó que no se había configurado el delito de trata, sino el delito de inducción a la prostitución“, explica a Efeminista María Cecilia Ibáñez, abogada de Women’s Link Worldwide, organización que ha llevado su caso hasta la Corte.

Yolanda, cuyo caso estudió la Corte. Women's Link Worldwide

Una sentencia histórica

“Con esta decisión, las autoridades locales, en el momento en que Yolanda se acerca y les dice: ‘Yo soy víctima de trata de personas, necesito protección y asistencia’, le dicen que no porque la Fiscalía dentro del proceso penal había determinado que el delito era otro y que entonces no se la podía reconocer como víctima de trata de personas”, agrega. 

Por esta razón, ni Yolanda ni su esposo pudieron tener acceso a vivienda, empleo, al sistema de salud o a las mínimas condiciones de sobrevivencia. Sus hijas tampoco pudieron ingresar a la escuela.

Este caso, aseguran desde Women’s Link, ejemplifica las barreras que enfrentan las víctimas de trata, especialmente mujeres y niñas en Colombia y en toda América Latina, para acceder a sistemas de protección y justicia.

Alzar la voz

Tras la decisión de la Fiscalía, las abogadas de Women’s Link empezaron a asesorar a Yolanda para que su caso fuese analizado por el alto tribunal. “Desde entonces hemos manifestado a la Corte los distintos problemas estructurales que hay en Colombia frente a la atención de víctimas de trata de personas”, señala Ibáñez. Uno de ellos es precisamente la deficiencia en el procedimiento de identificación de víctimas como Yolanda y de otras que ni siquiera pueden reconocer que han caído en redes de trata.

En la sentencia se ordena al Estado que, además de darle protección a Yolanda y a su familia, diseñe un protocolo para la identificación de víctimas. Asimismo, que capacite a los servidores públicos con funciones relacionadas con la lucha contra la trata de personas para que puedan reconocer a tiempo a una víctima. Y ordena también que nunca se priorice la persecución penal del delito por encima de la protección de los derechos de las víctimas de trata de personas. Tal como debieron hacer con Yolanda.

Esta medida permitiría a las víctimas de trata recibir protección del Estado independientemente del resultado del proceso judicial que se inicie por la misma situación, si es que interponen una denuncia, pues en 2016 la misma Corte ya había señalado que este no era un requisito para acceder al sistema de protección.“Aunque en la práctica los funcionarios desconocían esta sentencia y seguían pidiendo denuncias a las víctimas”, aclara la jurista.

Un precedente en la región

Ibáñez denomina a esta sentencia como “histórica y sin precedentes” en América Latina pues tiene en cuenta la situación de especial vulnerabilidad que enfrenta la población migrante de Venezuela. 

“Reconoce que son personas que están enfrentando pobreza extrema y abandono estatal. Y además reconoce que en particular las mujeres y niñas migrantes venezolanas se enfrentan a una situación de riesgo muchísimo más alta y que por esto es más probable que sean víctimas de trata de personas”.

En los últimos años, la población migrante en Colombia y en otros países vecinos ha incrementado y la llegada de la pandemia de la COVID-19 ha exacerbado los riesgos de caer en redes de trata. El conflicto armado interno también ha incrementado las vulnerabilidades especialmente de mujeres y niñas colombianas.

Según datos de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), entre 2013 y 2020 hubo 686 víctimas de trata de personas en Colombia, de las cuales el 82 % son mujeres. Del total de casos, 408 sufrieron explotación sexual. “Esta es la primera sentencia que ordena la protección de una mujer migrante venezolana víctima de trata. En este sentido, la decisión puede servir como ejemplo para que los estados de la región mejoren sus sistemas de protección en sentidos similares a como ordena la Corte colombiana”.

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