El pasado 1 de julio se comenzaron a implantar las nuevas señales, que la Dirección General de Tráfico ha creado para mejorar la movilidad, adaptándose a los nuevos cambios sociales y tecnológicos. De este modo quieren dar visibilidad a la sostenibilidad junto con el lenguaje inclusivo.
Estas novedosas indicaciones se han ido incluyendo en las carreteras españolas de manera progresiva. Mientras que el primer día de este mes de octubre se han introducido de manera oficial en los exámenes necesarios para obtener el permiso de circulación.
Un profesor de autoescuela da visibilidad a este cambio desde sus redes sociales. "Han cambiado y encima para ser más fáciles", confirma el instructor sobre las señales de peligro, P-9A, P-9B y P-9C.
Señales P-9A, P-9B y P-9C.
Antes estas medían la distancia en tercios, en la actualidad, gracias a las modificaciones, han pasado a medirse en metros. Siendo desde los 200 metros hasta los 100 metros dependiendo de su número de franjas, al igual que dependiendo de su orientación se indica el lado al que se encuentra el paso a nivel.
Este cambio también ha sido en su modo de denominarla, en la actualidad, todas ellas han pasado a clasificarse como señales de aproximación. De este modo lo muestra el profesor en sus redes.
Además de los cambios, existen nuevas incorporaciones que puede que usted ya haya visto por la carretera, como es el caso del pictograma R-118, este indica la prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal, como son los patinetes eléctricos.
Con este tipo de distinción de movilidad se hace referencia a aquellos que solo pueden transportar a una persona y además son propulsados por motores eléctricos. No cuentan con sillín ni sistema de autoequilibrado.
La sanción por incumplir esta norma supone 200 euros de multa. El objetivo de esta señal es la regulación de estos vehículos por su creciente presencia en las vías de circulación.
De la misma manera, todos los usuarios de estos dispositivos deben cumplir ciertas normas concretas. Entre ellas se encuentra la prohibición de circular por las aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, vías interurbanas o túneles dentro del ámbito urbano. A esto se suma una restricción de velocidad de circular entre 6 y 25 km/h.
