El concurso para construir el Auditorio de la Música de Málaga cambia las condiciones con las que salió a licitación.
Promálaga ha rectificado varios apartados de los pliegos después de que la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) interpusiera un recurso especial contra el procedimiento, precisamente por la obligación de integrar directamente en la empresa adjudicataria a dos perfiles técnicos vinculados a la acústica.
La modificación afecta a los medios personales números 9 y 10, correspondientes a las funciones de gestión de la calidad acústica y coordinación de interfaces acústicas.
En el pliego original, ambos estaban incluidos entre los nueve perfiles que debían estar integrados mediante una relación laboral o societaria en la empresa contratista principal o, en el caso de una unión temporal de empresas (UTE), en alguno de sus integrantes.
Los perfiles 9 y 10 dejan de figurar entre los medios personales que realizan tareas consideradas críticas y que, por tanto, deben ser ejecutadas directamente por la constructora. De este modo, podrán vincularse al contratista mediante "cualquier relación jurídica válida", incluida la subcontratación o la colaboración profesional externa.
La rectificación mantiene, no obstante, la importancia de estos especialistas para el resultado de la obra. El nuevo texto señala expresamente que las funciones de los medios personales 9 y 10 "conservan, a todos los efectos contractuales, su carácter esencial para la garantía del resultado acústico" regulado en el pliego.
El cambio afecta a varios puntos de la documentación contractual para adaptar todo el expediente a esta nueva consideración. La modificación se introduce en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT), en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCA) y en los anexos relativos a los compromisos de adscripción de medios y a la subcontratación.
Siete perfiles siguen reservados a la constructora
La flexibilización no afecta al resto de los medios personales que el pliego considera vinculados a tareas críticas. Se mantienen como perfiles de ejecución directa los números 1, 2, 3, 4, 17, 18 y 20.
Se trata de la dirección y representación general de la obra, las jefaturas de obra de edificación y urbanización, la planificación y control de la producción, el autocontrol de calidad, la coordinación BIM y la jefatura de seguridad y salud.
Estos siete perfiles deberán seguir integrados en la organización del contratista principal o de alguno de los integrantes de la UTE mediante una relación laboral o societaria y no podrán ser subcontratados.
Para el resto de los medios personales adscritos a la obra, el pliego mantiene la posibilidad de utilizar cualquier relación jurídica válida, incluida la subcontratación, siempre que se garantice el compromiso efectivo de dedicación exigido y que la empresa de la que procedan no esté incursa en una prohibición de contratar.
Régimen de penalizaciones
La modificación alcanza igualmente al régimen de penalizaciones previsto en el concurso. La subcontratación de las tareas críticas reservadas continúa considerada como un incumplimiento muy grave, con una penalidad de hasta el 3% del precio del contrato, IVA excluido, por cada incumplimiento.
Sin embargo, la nueva redacción introduce una precisión específica para los perfiles acústicos. La vinculación externa de los medios personales 9 y 10 no tendrá la consideración de subcontratación de tareas críticas.
El documento añade que, cuando se trate de una penalización por subcontratación de tareas críticas, esta no podrá superar el 50% del importe del subcontrato. También se adapta a este cambio el contenido de los anexos que deben firmar los licitadores, de forma que el compromiso de integración directa en la empresa deja de extenderse a los perfiles 9 y 10.
La rectificación del expediente lleva aparejada además una modificación del calendario del concurso. El plazo para presentar ofertas, que inicialmente concluía el 13 de octubre, se amplía ahora hasta el 22 de octubre.
Las empresas interesadas disponen así de nueve días adicionales para preparar y presentar sus propuestas con arreglo a la documentación contractual rectificada.
A ojos de los constructores, los pliegos originales impedían aportar esos dos perfiles mediante subcontratación o colaboración profesional externa. Junto a la petición de anulación de esas cláusulas, solicitaba como medida cautelar la suspensión del procedimiento de licitación y, en todo caso, del plazo de presentación de ofertas hasta que se resolviera el recurso.
El Auditorio de la Música de Málaga salió a concurso con un presupuesto de 202,6 millones de euros y un plazo de ejecución de 48 meses. La actuación constituye una de las grandes operaciones de equipamiento público proyectadas por el Ayuntamiento de Málaga.
