Tras meses de polémicas, ceses de actividad y expedientes de la Policía Local, el Ayuntamiento de Málaga ha concedido una licencia de uso provisional para la explotación de un aparcamiento de rotación al aire libre, sin pernocta, en una parcela situada en La Cizaña, en la frontera con Torremolinos.
Así consta en el permiso emitido a principios del pasado mes de diciembre en favor de la empresa Coolhot Watersports SL. Esta misma resolución legaliza el vallado metálico perimetral ya ejecutado en el terreno, aunque deja claro que tanto el vallado como el uso de aparcamiento tienen carácter estrictamente temporal y podrán ser ordenados a retirar por el Ayuntamiento sin derecho a indemnización.
El documento municipal describe la parcela como un suelo urbanizable sectorizado de 4.559 metros cuadrados, de los cuales unos 3.901 metros se destinan al vallado y al aparcamiento por estar afectados por la servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre.
El proyecto prevé un aparcamiento de tipo rotacional, con horario principalmente diurno, vinculado al centro de vela de la zona y a otros usuarios que deberán retirar sus vehículos por la noche, cuando el recinto permanecerá cerrado.
Según los planos aportados, el espacio se organizará en 138 plazas de estacionamiento, incluidas cinco reservadas a personas con movilidad reducida, con viales de maniobra y accesos señalizados.
La resolución insiste en que no se permitirá en ningún caso la pernoctación ni el uso para acampar en la parcela.
Urbanismo da por legalizado el vallado perimetral ya existente, formado por malla de acero galvanizado de simple torsión de dos metros de altura, arriostrada con perfiles tubulares clavados y compactados en el terreno cada cinco metros, y con dos puertas de doble hoja de acceso, todo ello sin cimentación.
Una visita de inspección realizada el 22 de octubre de 2025 comprobó que la obra ejecutada se ajusta a la documentación técnica presentada.
La licencia obliga a Coolhot Watersports a cesar el uso del aparcamiento y retirar el vallado cuando así lo disponga el Ayuntamiento, sin derecho a indemnización.
Para llegar a esta autorización, el expediente ha tenido que recabar informes de varios servicios municipales y administraciones sectoriales.
El Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística concluye que las obras y el uso provisional del aparcamiento no dificultan la ejecución del planeamiento previsto para el sector SUS‑BM.1, siempre que se respeten las medidas de protección del paisaje, la no eliminación de vegetación y la preservación del drenaje natural del suelo, evitando grandes superficies hormigonadas.
El Área de Movilidad emitió también un informe favorable, sin oponerse a la implantación del aparcamiento siempre que se dispongan dos accesos diferenciados y que la zona de recepción y cobro se sitúe de manera que la detención de vehículos no entorpezca la circulación en el Camino de la Cizaña ni el tránsito peatonal.
Además, la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía autorizó en julio de 2025 el uso de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo‑terrestre para el vallado perimetral y la implantación del aparcamiento, con una resolución específica para la playa de La Cizaña.
Al ubicarse dentro de las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Málaga, el proyecto necesitaba también el visto bueno de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), que emitió en septiembre de 2025 un acuerdo favorable fijando una altura máxima de dos metros para el vallado, incluidos todos sus elementos o añadidos.
Urbanismo ordena dar traslado de la resolución al Servicio de Infracciones, donde ya constaba un expediente por el vallado ejecutado sin autorización previa, y al Servicio de Licencia de Apertura.
