M. B
Publicada
Las claves

Un trabajador de 52 años podrá percibir una pensión de 1.258 euros mensuales en 14 pagas después de que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) reconociera su derecho a una incapacidad permanente absoluta.

La Seguridad Social había rechazado inicialmente su solicitud, pero la Justicia ha terminado dándole la razón y ha establecido que la prestación debe alcanzar el 100% de su base reguladora.

El caso corresponde a un ayudante de matadero que padece trastornos mentales crónicos, problemas relacionados con el consumo de drogas y rinosinusitis crónica. Tras la negativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el trabajador decidió recurrir y solicitar que se le reconociera el grado de incapacidad permanente absoluta.

La primera resolución había considerado que sus patologías no podían calificarse como definitivas, ya que todavía existían posibilidades de tratamiento. En concreto, la Administración argumentó que había "posibilidades terapéuticas pendientes de explorar" y rechazó concederle la prestación.

El trabajador llevó entonces el caso ante el TSJN, alegando, entre otras cuestiones, una infracción de los artículos 193 y 194 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). La sentencia, identificada como STSJ NA 351/2026, recoge el cuadro clínico que presentaba y las limitaciones que este le provocaba.

Siete años de tratamiento

Uno de los elementos que ha tenido en cuenta el tribunal es la evolución prolongada de las patologías. El trabajador había participado durante siete años en un programa de rehabilitación en el Centro de Salud Mental de Tudela, pero su estado había mantenido una evolución crónica durante más de cinco años sin que se produjera una recuperación funcional relevante.

El hecho de que no hubiera completado un tratamiento de deshabituación no ha impedido finalmente que se le reconozca la incapacidad. El TSJN considera que la existencia de una posible mejoría no significa necesariamente que las secuelas no puedan justificar una incapacidad permanente.

La resolución señala que para reconocer esta prestación no es imprescindible que las secuelas sean absolutamente irreversibles. También puede concederse cuando existe una posibilidad de mejoría, siempre que esta sea incierta o se prevea a largo plazo.

Con estos argumentos, el TSJN ha estimado el recurso presentado por el trabajador frente a la decisión del INSS y le ha reconocido una pensión de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio.

La cuantía será equivalente al 100% de su base reguladora, fijada en 1.258 euros al mes y distribuida en 14 pagas.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra todavía puede ser recurrida mediante un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.