El Ayuntamiento de Madrid ha puesto fecha de caducidad a los vehículos contaminantes. En 2025, ningún vehículo sin etiqueta ambiental podrá circular por las calles de la capital de España. Una medida con la que desde el consistorio se espera hacer frente a uno de los problemas más importantes de la ciudad: la calidad del aire.

El tráfico rodado es el principal responsable de la contaminación del aire por dióxido de nitrógeno en la ciudad. Concretamente genera el 53,3% del NO2 total y del 74,4% según los datos de las fuentes locales.

En este sentido, el vehículo tipo turismo (excluyendo los taxis) representa el 79,4% de los recorridos realizados en el municipio. La mayoría tiene como fuente energética el diésel, suponiendo el 69,9 % de los recorridos, frente al 28,2 % que representan los de gasolina. Los turismos híbridos, eléctricos y que consumen otros combustibles alternativos como gas natural comprimido (GNC) o gases licuados del petróleo (GLP) alcanzan en su conjunto el 1,9%.

Para incentivar el trasvase hacia tecnologías limpias, una de las medidas más importantes que contempla la nueva regulación viene recogida en el artículo 21. En este punto se encuentra la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A), mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Su aplicación se realizará por anillos territoriales. El objetivo será cumplir los valores limite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal en materia de calidad del aire y protección del medioambiente.

Calendario de restricciones 

El calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos vehículos que no estén dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento será el siguiente:

-Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.

-Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.

-Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.

-Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los A de Madrid.

Tarifa dinámica y carga y descarga inteligente

Del mismo modo, en la nueva normativa se regula la nueva tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) con la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital (OFSER). Esta funcionalidad persigue evitar un aumento de los niveles de dióxido de nitrógeno que haga necesaria la activación del Protocolo de Actuación para Episodios de Contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid.

El artículo 201.4 y el 202 abordan el sistema de gestión inteligente del uso de las reservas de zonas de carga y descarga de mercancías para reducir las emisiones debidas a la logística de recogida y entrega y fomentar el uso de las tecnologías menos contaminantes en el ámbito de la distribución urbana de mercancías. Su uso se realiza mediante registro automatizado y por un tiempo máximo de 30 minutos.

La nueva normativa acaba con los artículos 56 y 57 que regulaban las zonas de aparcamiento vecinal, ya que no determinaban el sistema específico para su control y se mantiene la fórmula del SER para aquellos barrios donde existen problemas de estacionamiento para la gestión racional del espacio público. El texto prevé la posible ampliación del servicio en el artículo 57 a 20 nuevos barrios de manera parcial (parte del territorio) o total. Solo se implantaría bajo demanda vecinal. De los 49 barrios que actualmente se rigen por esta fórmula se elevaría a 69.

Las zonas que se incorporan de manera parcial serían: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa-Aravaca); Los Cármenes y Puerta del Ángel (Latina); Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal). El SER se implantará por completo en los barrios de Comillas (Carabanchel); Almendrales y Moscardó (Usera).

Los artículos 229 y 230 introducen la exigencia a los vehículos empleados en la gestión directa o indirecta de servicios municipales y en la ejecución de prestaciones contratadas de que cuenten con vehículos cero, eco y C. Asimismo, se obligará a cumplir con los requisitos acústicos para reducir las emisiones de ruido.

Principales cambios 

Las bicicletas podrán circular por túneles y los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como los patinetes podrán hacerlo por los carriles multimodales, carril con velocidad limitada a treinta kilómetros por hora o inferior. Del mismo modo, el artículo 167.9 del anteproyecto de la ordenanza prohibía el paso de bicicletas por túneles.

Se han contabilizado cerca de 40 alegaciones de diversos particulares y las asociaciones Pedalibre, Madrid Ciclista, Asociación de Ciclistas Profesionales y Greenpeace solicitando eliminar esta restricción. Así, se ha modificado el artículo permitiendo la circulación general de bicicletas por túneles, salvo prohibición expresa, siempre que utilicen la correspondiente iluminación homologada.

También se ha cambiado la redacción que el proyecto inicial daba al Preámbulo y al artículo 177 de la OMS para permitir la circulación de VMP por carriles multimodales ante las sugerencias realizadas por diferentes empresas de vehículos compartidos, asociaciones ciclistas y de VMP. De este modo, los patinetes y otros VMP podrán transitar por estos carriles siempre que hagan uso del casco homologado y estén iluminados como se contempla en el Reglamento General de Circulación.

Además, se incluyen en el artículo tres apartados para regular la distancia de seguridad que los vehículos a motor han de guardar respecto a los VMP: cinco metros de distancia si se circula tras ellos, cambiar de carril para adelantarlos y se permite a los VMP utilizar el carril de la rotonda que necesiten para hacerse más previsibles sin que el resto de vehículos corten su trayectoria, a su vez que han de disminuir la velocidad.

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