Sanidad ya tiene una fecha oficial para el examen extraordinario de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias: será el próximo 12 de diciembre. Se trata de la prueba que va dirigida a aquellos que no se han sometido al MIR, pero que trabajan en la actualidad en estos servicios.
Según la resolución dictada por la Dirección General de Ordenación Profesional, el llamamiento será a partir de las 10 horas y la prueba comenzará finalmente a las 11. La duración del ejercicio será de 90 minutos.
¿Quiénes se podrán presentar? Los médicos graduados desde 1995 — incluidos extranjeros homologados— que no tienen especialidad pero acreditan experiencia trabajando en urgencias y emergencias.
Se extiende también a los facultativos que antes no llegaban a los años exigidos en urgencias porque no se contaba su etapa sin especialidad, pero ahora sí que lo cumplen al computarse todo ese tiempo de trabajo.
El examen constará de tres ejercicios clínicos y un cuarto de reserva. Cada uno de ellos, tendrá 15 preguntas con cuatro opciones de respuesta.
Las respuestas correctas sumarán un punto cada una y las incorrectas restarán 0,25, mientras las que estén en blanco o con doble marca, contarán como nulas.
En total, el aspirante podrá alcanzar una puntuación máxima de 45 puntos.
Para obtener la calificación de apto y superar la prueba, será imprescindible cumplir de forma conjunta con dos requisitos: obtener un mínimo de cinco puntos en cada uno de los tres casos clínicos y alcanzar una puntuación mínima de 20 puntos.
Si se registran 4 puntos o menos en cualquiera de los tres casos implicará la no superación del examen, independientemente de la suma total conseguida.
Pasos a seguir
Los aspirantes tendrán que solicitar el certificado en la unidad del centro donde ha ejercido profesionalmente.
Dicho certificado debe estar firmado por la gerencia del hospital o centro sanitario correspondiente. Se recuerda que no computa el tiempo trabajado posterior a la fecha de la publicación del Real Decreto (3 de julio de 2024).
La resolución precisa que los profesionales deberán remitir dicho certificado expedido por las gerencias a su comunidad en el plazo que estas establezcan, siempre anterior a la apertura del plazo para la realización de la solicitud ante el Ministerio.
Las comunidades se cerciorarán de que las unidades y centros donde el profesional ha ejercido corresponden a las descritas en el Real Decreto 610/2024 de 2 de julio, para poder optar a este acceso extraordinario. El certificado expedido por la región debe estar firmado electrónicamente por la persona designada por ésta.
El certificado de ejercicio profesional expedido ha de adjuntarse en formato PDF, no siendo válidos documentos en formato JPG o que contengan un link para descarga del certificado. No se admitirán a trámite solicitudes que no adjunten certificado firmado por la persona designada de cada comunidad.
No se adjuntarán los certificados expedidos por las gerencias de hospital, unidades de área o similares, etc., estos son documentos con los cuales se ha de acudir a la autonomía para solicitar el documento preceptivo para optar a este procedimiento.
Así, tras su éxito en la convocatoria 2026 en el que todas las plazas han quedado cubiertas, el Ministerio de Sanidad ampliará su oferta de plazas pasando de 81 a 279 en el examen MIR 2027.
