Una de las cuestiones que en España marca la diferencia en materia de bienestar gracias a la existencia de Seguridad Social es el beneficio que supone para todos los ciudadanos tener un sistema de sanidad pública gratuita. Sin embargo, este sistema tiene algunas particularidades que conviene conocer y controlar. 

Una de ellas, tal y como informa la administración, se produce cuando una persona cumple los 26 años. Antes, los de menores de esa edad tienen derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario de alguno de sus progenitores. Sin embargo, esta circunstancia se pierde cuando superan esa edad o cuando entran al mercado laboral. 

No obstante, respecto a este segundo condicionante, surgen algunas dudas como qué sucedería en el caso de que una persona menor de 26 años perdiera su trabajo y quisiera volver a hacer efectivo su derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario de alguno de sus progenitores. Una cuestión que la administración aclara tal y como recuerda Noticias Trabajo y para la que hay que realizar un trámite totalmente indispensable. 

Asistencia sanitaria como beneficiario del padre o la madre

La ley indica que todos los ciudadanos que residan en España deben estar protegidos en materia de salud, ya vivan individualmente o formando parte de una unidad de convivencia. Sin embargo, la normativa hace una diferencia con aquellos menores de 26 años que tienen trabajo o que están dados de alta en algún régimen contributivo

Esta situación provoca muchas veces dudas en la ciudadanía. Sin embargo, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es claro en este aspecto, ya que no es posible perder el derecho a la asistencia sanitaria cuando se tiene esa edad. Lo único que marcan los 26 años es el límite para que se tenga en cuenta a la persona dentro de una unidad familiar con los padres o no. 

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En el caso de que se traten de menores de 26 años que han tenido un empleo y que después lo han perdido antes de superar esta barrera, podrán volver a tener derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario de la madre o padre si continúan viviendo con ellos y si se considera que están a su cargo. 

Sin embargo, en estos casos de entrada y salida del mercado laboral, es necesario realizar un trámite para no perder esta oportunidad y este derecho. Los progenitores, a través de medios electrónicos o en alguna de las oficinas de la Seguridad Social, tienen que realizar un pequeño proceso para dejar constancia de que se recupera el alta conjunta.

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Este requisito es muy sencillo de cumplir. Basta con acceder a la Sede Electrónica de la administración en el apartado de 'Tu Seguridad Social' e identificarse a través de los canales habilitados para tal fin. Ahí encontraremos una opción que es 'volver a incluir a un beneficiario menor'. 

Si no tenemos la posibilidad de hacer este trámite de manera electrónica, siempre podremos solicitar una cita previa a alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social, los CAISS. Allí, cualquier miembro del funcionariado podrá ayudarnos con este trámite.