Dos personas hablando sobre temas de una vivienda

Dos personas hablando sobre temas de una vivienda iStock

Mis finanzas

Adiós a la hipoteca: estos son los casos en los que Hacienda sanciona a los propietarios de una vivienda

Cuando una persona finaliza su hipoteca porque vende una propiedad debe ser consciente de que tiene que pagar una serie de impuestos y cumplir con unas obligaciones fiscales relacionados directamente con dicha operación. 

8 marzo, 2024 08:06

Cuando una persona quiere vender una propiedad, y en especial una vivienda, le surgen muchas preguntas y casi todas van enfocadas hacia los mismos objetivos. El gran reto cuando afrontamos este tipo de operaciones es intentar sacar el mayor beneficio posible de nuestra gestión y pagar lo menos posible a Hacienda. Sin embargo, algunas personas caen en ciertas irregularidades cuando avanzan en ese proceso. 

Por ello, todos los propietarios de España deben ser conscientes, por ejemplo, de los problemas que puede acarrear no pagar todos los impuestos que están relacionados con la venta de su inmueble. Para no cometer ninguna irregularidad hay que conocer bien todos los detalles de nuestra hipoteca y las obligaciones fiscales con las que debemos cumplir al realizar una venta de este tipo. 

Vender una casa implica sobrellevar el pago de varios impuestos en España. Una obligación de los propietarios que no podemos eludir y es que en caso de hacerlo, las sanciones que Hacienda nos impone podrían ascender incluso hasta el 150% de cantidad que se debe declarar.

¿Qué impuestos tengo que pagar al vender una propiedad?

La encargada de vigilar este tipo de operaciones es la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Su función es controlar las transacciones de los propietarios y ofrece algunas ventajas fiscales para, por ejemplo, el alquiler de algún inmueble. Pero también advierte a los dueños de estas viviendas de que si no pagan los impuestos que deben, podrían ser víctimas de cuantiosas multas. Estos serían los siguientes:

  • El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o plusvalía).
  • El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Una vez conocidos los impuestos que tenemos que pagar, hay que saber cómo y por qué abonamos cada uno de ellos. En el caso del IRPF, debe declararse al año siguiente de la venta del inmueble. Este sería la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición del inmueble. En caso de no declararlo, podríamos enfrentarnos a graves sanciones. 

Estas podrían ser leves si las cantidades no declaradas son de hasta 3.000 euros. Sin embargo, este tipo de infracciones siempre suelen ser graves, las cuales dan lugar a multas que oscilan entre el 50% y el 100% del importe no declarado, y hasta del 150% para las infracciones muy gravesSolo las personas mayores de 65 años que venden su vivienda habitual, las personas en situación de dependencia severa o las que reinvierten en su vivienda habitual están excentas de pagar esta declaración. 

En el caso del IIVTNU, que está determinado por los diferentes ayuntamientos, se aplica al incremento del valor del inmueble desde su adquisición hasta su venta. No declararlo o hacerlo fuera de plazo da lugar a sanciones de entre el 50% y el 150% del importe del impuesto, además de intereses por demora.

[Estas son las deducciones fiscales que todo propietario de vivienda debe conocer para pagar menos a Hacienda]

Por último, el IBI es conocido por tener que abonarse a principios de año aunque es habitual que el comprador y el vendedor negocien la responsabilidad del pago. Su impago puede dar lugar a sanciones que oscilan entre el 5% y el 20% del importe.