El Consejo de Ministros envía este martes al Congreso la nueva Ley de gobernanza democrática en servicios digitales y medios de comunicación.
Se trata de un texto con el que se busca poner límite a la actuación de las plataformas digitales en el tratamiento de datos y de publicidad, pero también crear el registro de medios que exige el nuevo reglamento de la Unión Europea.
El texto que ha recibido la luz verde en segunda lectura del Consejo de Ministros modifica la Ley de Comunicación Audiovisual.
Se establece así la creación de un registro público en el que se tendrán que inscribir todos los medios que sean considerados de ámbito estatal. Es decir, de cobertura nacional.
En él deben mantener actualizada toda la información relativa a la propiedad de las cabeceras, incorporando el nombre "real" de todos los tenedores de más de un 25% de las acciones.
También deberán aparecer en él los ingresos de fondos públicos recibidos cada año en publicidad institucional.
Para poder llevar a cabo esta medida, la nueva ley define qué se entiende por un medio de comunicación de ámbito estatal: aquellos que preste cualquier entidad del sector público estatal; aquellos que presten servicio en todo el territorio nacional o aquellos que ofrezcan servicio de forma deliberada para el público de más de una comunidad autónoma.
A falta de conocer la letra pequeña, en el anteproyecto que salió a consulta pública el departamento de Transformación Digital cifraba en 339 las cabeceras que tendrán que inscribirse en el nuevo registro.
De ellas, 30 serán operadores de prensa escrita y 170 de prensa digital.
Un registro que dependerá de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Su funcionamiento se establecerá en un reglamento que se desarrollará una vez esté aprobada la norma por el Congreso.
Precisamente la CNMC será también la encargada de vigilar a los medios de comunicación en materia de operaciones de concentración.
De este modo, será el organismo que preside Cani Fernández el que decida si se autoriza o no una operación de fusión entre dos medios de comunicación.
La normativa establece también sanciones por vulnerar la nueva norma relativa a medios de comunicación, y se podrán establecer multas de hasta 200.000 euros.
Esta ley no regula la publicidad institucional, una cuestión que el Gobierno también quiere regular y que se hará en un texto posterior a la vuelta del verano. Se retrasa así sobre los planes del Ejecutivo.
Ley de Servicios Digitales
Este reglamento también incluye la adaptación de la Ley de Servicios Digitales (Digital Service Act, DSA) al ordenamiento jurídico español.
En este sentido, la norma ratifica la posición de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como coordinador de servicios digitales, otorgándole las competencias de control, supervisión, inspección y sanción sobre las plataformas digitales.
Esta designación implica que la CNMC será la encargada de propiciar que los proveedores de servicios de internet tengan que establecer canales de denuncia de contenidos ilícitos, exigirles transparencia sobre los criterios de recomendación del algoritmo y sobre la publicidad presente en sus plataformas y proteger a los consumidores cuando realizan contratos online.
Además, será la que otorgue la certificación de alertador fiable (trusted flagger) a entidades que considere cualificadas para enviar reportes con fiabilidad, siempre que cumplan con una serie de requisitos (aún por determinar).
También, ante los contenidos ilegales, se encargará de establecer contacto con la unidad competente, a nivel judicial, para adoptar la orden de retirada de la plataforma en la que se publicó.
Para llevar a cabo estas funciones, el proyecto de ley señala que la CNMC creará dos direcciones generales, una centrada en los servicios digitales y otra en los medios de comunicación.
Competencia sancionará a los medios que no declaren su propiedad y la publicidad institucional que reciben.
Siguiendo la estela de lo anunciado a finales de febrero por el ministro López, el proyecto de ley establece un régimen sancionado en línea con las disposiciones europeas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de servicios digitales.
Se establecen multas que van desde los 30.000 euros para infracciones leves hasta alcanzar el 6% del volumen de negocios anual mundial del infractor para infracciones muy graves.
La CNMC será la encargada de aplicar los posibles castigos a las plataformas que operen a nivel nacional o que tengan menos de 45 millones de usuarios, ya que las que superen esta cantidad serán responsabilidad de la Comisión Europea. Eso sí, la organización podrá elevar denuncias para que se traten a escala comunitaria.
Por otro lado, el proyecto de ley también incluye el nombramiento de la Agencia Española de Protección de Datos como la entidad encargada de supervisar las disposiciones que tengan que ver con la prohibición de publicidad basada en categorías especiales de datos personales o con los menores.
Un largo camino
La designación de la CNMC como coordinadora de servicios digitales en España de la Ley de Servicios Digitales no ha sido un camino lineal ni ha estado exento de polémica.
España nombró a este organismo para el puesto en virtud de lo dispuesto en la ley europea a principios de 2024, pero sin modificar sus estatutos, lo que impidió que la entidad llevase a cabo sus funciones.
Esta situación se prolongó en el tiempo y provocó que Bruselas abriese un expediente sancionador al país a mediados del año anterior, dándole un ultimátum para que le otorgase de las facultades necesarias.
A finales de 2024, el Ejecutivo introdujo la adaptación en un Real Decreto, junto a otra batería de medidas, que fue derogado en el Congreso de los Diputados a principios de 2025.
Poco después, en marzo de este mismo año, el Consejo de Ministros dio luz verde a la trasposición del Reglamento de Medios de la Unión Europea, con un anteproyecto de ley en el que se incluyó la de la Ley de Servicios Digitales y, por ende, de la atribución de las competencias a la CNMC para que ejerza sus funciones como coordinador de servicios digitales.
Ahora, el proyecto de ley será remitido al Congreso para su tramitación parlamentaria.
El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública ha afirmado durante su intervención en la rueda de prensa que esta ley completa el “triple escudo digital” puesto en marcha por Europa para proteger a los ciudadanos, formado por la ley europea de IA, la de servicios digital y la relativa a los medios de comunicación.
