Bruselas

El Gobierno español cuenta con la cobertura de la legislación de la UE si decide vetar la entrada de la operadora estatal saudí Stc en Telefónica esgrimiendo motivos de seguridad o de orden público, pero la decisión final corresponde a Madrid y no a Bruselas. Este es el mensaje que ha lanzado este jueves la Comisión de Ursula von der Leyen, que elude pronunciarse directamente de la operación alegando motivos de confidencialidad. 

"La Comisión no está en condiciones de comentar transacciones individuales por razones de confidencialidad", ha explicado la portavoz de Comercio del Ejecutivo comunitario, Miriam García Ferrer, al ser preguntada por el caso de Telefónica.

"Como respuesta general, desde el 11 de octubre de 2020 contamos con un marco de la UE para el control de la inversión extranjera directa. El objetivo es identificar y abordar posibles amenazas a la seguridad o al orden público en la UE, que pueden ser causadas por determinadas inversiones extranjeras, sin reducir la apertura de la UE a la inversión extranjera ni restringir las actividades de los inversores extranjeros en la Unión", ha señalado la portavoz.

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"Los Estados miembros y la Comisión evalúan, caso por caso, si una adquisición específica amenaza la seguridad o el orden público y, en caso afirmativo, sugieren medidas adecuadas para mitigar esos riesgos. La prohibición de una inversión extranjera directa se considera en los casos en que la mitigación de riesgos no parece posible", ha concluido la portavoz.

El reglamento en cuestión establece entre los factores para determinar si una inversión extranjera directa puede afectar a la seguridad o al orden público su posible impacto en "infraestructuras críticas" como las "comunicaciones", como ocurre en el caso de Telefónica.

Otro de los factores de riesgo que se cita en la norma es "si el inversor extranjero está controlado directa o indirectamente por el Gobierno (incluidos los organismos públicos o las fuerzas armadas) de un tercer país, en particular mediante una estructura de propiedad o una financiación significativa". Así ocurre con la operadora saudí STC.

De acuerdo con el reglamento, el Gobierno de Pedro Sánchez debe comunicar a la Comisión y a los demás Estados miembros "toda inversión extranjera directa en su territorio que esté siendo sometida a control". También puede pedir al Ejecutivo comunitario que emita un dictamen, que debe tenerse en cuenta pero no es vinculante.

"En última instancia, la decisión relativa a toda inversión extranjera directa objeto de control o relativa a cualquier medida adoptada en relación con una inversión extranjera directa que no sea objeto de control incumbe exclusivamente al Estado miembro en el que la inversión extranjera directa se haya previsto o realizado", afirma el reglamento.

Según el último informe sobre la aplicación de esta norma, los Estados miembros tramitaron un total de 1.563 solicitudes de autorización y casos de oficio en 2021 (último año sobre el que hay datos disponibles). Aproximadamente el 29% del total fueron examinados formalmente, mientras que el 71% no requirieron este paso debido a una evidente falta de impacto en la seguridad y el orden público.

De los casos examinados, la mayoría (73 %) fueron autorizados sin condiciones, lo que significa que la transacción se aprobó sin necesidad de ninguna medida adicional por parte del inversor. Sin embargo, el 23% de las decisiones implicaban una aprobación con condiciones o medidas atenuantes.

Por último, las autoridades nacionales bloquearon en última instancia las transacciones en solo el 1% de todos los casos decididos, mientras que las partes retiraron la transacción en otro 3%.

Cinco Estados miembros (Alemania, Austria, Francia, Italia y España) fueron responsables de más del 85% de notificaciones a Bruselas de casos de inversiones extranjeras directas sujetas a control. Los cinco sectores con mayor número de transacciones fueron las tecnologías de la información y la comunicación, la industria manufacturera, las actividades financieras, el comercio al por mayor y al por menor y la construcción.

Si se considera el valor de las transacciones, la mayoría tenían un valor inferior a 500 millones de euros, pero el tramo superior a 500 millones de euros acumulaba el mayor porcentaje (34%).

En cuanto al origen del inversor último, en los casos notificados a la Comisión Europea en 2021, los cinco principales países de origen fueron Estados Unidos, Reino Unido, China, Islas Caimán y Canadá. Rusia representó menos del 1,5% de los casos y Bielorrusia el 0,2%.