Sevilla

La Junta de Andalucía ha aprobado en el Consejo de Gobierno celebrado esta semana sancionar a Orange por un importe de 765.001 euros por considerar que la compañía no permitió a una clienta de 72 años conocer el contenido de las condiciones de un contrato que firmó porque tenía la letra demasiado pequeña.

La infracción administrativa se remonta a marzo del pasado 2019 cuando la usuaria presentó una reclamación en el Servicio de Consumo en Sevilla, organismo dependiente de la Consejería de Salud y Familias de la Junta. En su escrito expuso su inconformidad con la respuesta de Orange en relación a la reparación de un dispositivo móvil que estaba en periodo de garantía.

Tras la queja de la usuaria, según la documentación a la que ha tenido acceso Invertia, Orange hizo sus alegaciones las cuales la Junta considera que la letra es muy pequeña para su comprensión al ser de un tamaño inferior a 1,50 milímetros. Ante esto, Consumo advirtió a la empresa de la “irregularidad” de los documentos presentados instándole a adaptar la documentación a la normativa.

En este sentido, la usuaria también indicó que, ante la avería de su teléfono, Orange le ofreció una serie de prestaciones. “Firmó un contrato sin sello y con la letra tan pequeña que era imposible de leer. Le comunicaron por teléfono que el contrato no tenía permanencia, le han subido la cuota y le han puesto permanencia según la reclamante sin su consentimiento”, reza la documentación.

Ante dicha reclamación, Orange respondió que la cliente fue “informada de todo ello tal y como demuestra la copia del contrato y del comprobante”. Seguidamente, Consumo reclamó la copia de los contratos a la compañía a lo que Orange respondió que no había podido localizarlos por “una incidencia en los sistemas”. De nuevo, Consumo le advirtió de la situación y reclamó la adaptación de la documentación.

Falta de accesibilidad

El organismo de la Junta andaluza considera que el tamaño de la letra del contrato “no reúne los requisitos establecidos” por la normativa vigente en la que se obliga a las empresas a facilitar la accesibilidad y legibilidad al consumidor previo a la celebración del contrato. Este requisito no se dará por cumplido si el tamaño de la letra fuese inferior a 1,50 milímetros.

Considera también que los requerimientos no fueron atendidos en forma dado que la empresa no aportó los contratos reclamados pese a que se le advirtió que su desatención podría desembocar en un expediente sancionador.

El inicio del expediente se acordó en septiembre y se informó a la empresa de que podía presentar alegaciones y aportar pruebas necesarias. Ya en octubre, Orange respondió a la Junta su voluntad de proceder al pago de las sanciones fijadas.

Tres sanciones

Por todo ello, el Consejo de Gobierno de la Junta ha dado luz verde a sancionar a Orange con 765.001 euros por “no permitir al adherente una posibilidad efectiva de conocer la existencia, alcance y contenido de las condiciones generales o características de los contratos”. Asimismo, se le impone una segunda sanción de 3.500 euros por no atender a los requerimientos formulados por la administración.

Finalmente, la administración andaluza interpone una tercera multa de 3.500 euros por incumplir las obligaciones de la garantía al considerar que el dispositivo móvil no fue reparado pese a los requerimientos de la usuaria.

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