Primera victoria legal, comercial e intelectual de Kutxabank contra el gigante sueco del 'compra ahora, paga después', Klarna. El Tribunal General de la UE ha denegado a Klarna el registro de la marca 'K' respecto a servicios financieros, aspecto que chocaba con la política de marketing del banco vasco.
Adicionalmente, Kutxabank ha puesto en marcha actuaciones previas a una acción civil para obtener la cesación del comportamiento infractor de Klarna en España, defendiendo la exclusividad de su marca.
Así, el tribunal europeo confirma la incompatibilidad con la marca protegida por Kutxabank en la clase 36, una posición que viene manteniendo desde hace años el banco español.
La sentencia confirma que el registro no autorizado de la marca 'K' por parte de Klarna -y previamente protegido por Kutxabank- puede generar -y, de hecho, ha generado- situaciones de confusión entre los consumidores. Un criterio central del derecho marcario europeo.
El tribunal refuerza también la idea de que la protección de marca tradicional sigue plenamente vigente, incluso frente a actores digitales globales, como pone en contexto el grupo con sede en Bilbao.
Con todo, la sentencia del TGUE es recurrible por ambas partes en casación ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Entre tanto, Kutxabank ha puesto en marcha las actuaciones previas al inicio de acciones civiles en España para obtener la cesación del comportamiento infractor de Klarna, defendiendo el valor y la exclusividad de su marca, tal y como ha hecho ante todas las instancias.
