La Comisión Europea ha lanzado este jueves un expediente sancionador contra España por considerar que el Gobierno de Pedro Sánchez se ha extralimitado al imponer condiciones adicionales a la oferta pública de adquisición (opa) del BBVA sobre Banco Sabadell.
Bruselas sostiene que la legislación española que invocó el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, para llevar la opa del BBVA al Consejo de ministros vulnera los principios de libre circulación de capitales y de libertad de establecimiento recogidos en los Tratados.
Esta normativa tampoco respeta el reglamento sobre el Mecanismo Único de Supervisión, que atribuye al Banco Central Europeo (BCE) la competencia exclusiva en las labores de vigilancia de las grandes entidades europeas, ni la directiva sobre requisitos de capital, según el análisis de la Comisión.
El Ejecutivo comunitario considera que el Gobierno de Sánchez no tenía ningún argumento para imponer condiciones adicionales a la opa del BBVA, una vez que ya había sido autorizada por las autoridades competentes: el propio BCE y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CMNC).
Bruselas ha iniciado el expediente sancionador contra España con el envío de una carta de emplazamiento, primera fase de un procedimiento de infracción. El ministro Cuerpo dispone ahora de un plazo de dos meses para presentar alegaciones ante la Comisión.
Si sus argumentos no le convencen, el Ejecutivo comunitario aprobará en otoño un dictamen motivado en el que reclamará formalmente a Sánchez que modifique la ley con el fin de quitar al Gobierno el poder de vetar fusiones ya autorizadas por las autoridades competentes.
En última instancia, el caso podría acabar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que podría imponer multas crecientes a España hasta que cumpla, si Bruselas así lo solicita.
Lo más sorprendente del caso es el origen último de este expediente. La Comisión inició sus pesquisas a raíz de una denuncia presentada por un ciudadano español particular, justo dos días después de que el 9 de mayo el BBVA anunciara públicamente su intención de adquirir el Sabadell.
Este ciudadano alertaba al Ejecutivo comunitario de que determinadas disposiciones del derecho español, algunas de las cuales supuestamente debían transponer legislación comunitaria, vulneran los Tratados y las disposiciones de la unión bancaria.
Se trata en concreto de la Ley 10/2014, que es el acto de transposición de la directiva de requisitos de capital; del Real Decreto 84/2015 sobre ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito; y la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia.
Según Bruselas, estas normas otorgan al ministro de Economía unos poderes discrecionales y que no están limitados, y otorga al Gobierno la facultad de poder prohibir una fusión por razones distintas al interés general.
Aunque todas estas normas están en vigor desde hace como mínimo una década, la Comisión Europea no detectó ningún incumplimiento del derecho comunitario hasta recibir esta denuncia del ciudadano particular.
Este es precisamente el argumento al que ha aferrado hasta ahora el ministro Cuerpo para rechazar la actuación de Bruselas en el caso BBVA-Sabadell.
Tras la denuncia del ciudadano particular, el Ejecutivo comunitario inició en agosto de 2024 un procedimiento formal de diálogo con el Gobierno español (conocido como EU pilot) para tratar de solventar los problemas.
Sin embargo, pese a que los contactos entre Bruselas y Madrid sobre este caso han sido frecuentes desde entonces, el diálogo ha resultado infructuoso. Ese es el motivo por el que la Comisión ha decidido ahora lanzar un expediente sancionador contra España.
