El Gobierno formuló el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2020, cuando irrumpió la pandemia de la Covid-19, como una medida para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social. Sin embargo, esta iniciativa se ha quedado muy lejos de este objetivo. El Tribunal de Cuentas critica numerosos defectos de esta prestación no contributiva. Especialmente que sólo la recibe el 40% de sus potenciales beneficiarios y que no cubre la pobreza severa.
El órgano fiscalizador ha abordado la marcha del ingreso mínimo desde su puesta en marcha hasta 2023. Pese a que "constituye la medida más potente de lucha contra la pobreza existente en nuestro país, adolece de importantes deficiencias en su diseño y carece de una vinculación real con las principales estrategias estatales que se orientan a lucha contra la pobreza y exclusión social", avisa el órgano.
Lamenta que hay "un elevado número de personas que siendo potencialmente beneficiarias de la prestación y pudiendo tener derecho a ella, sin embargo, no la perciben, porque ni siquiera la solicitan".
"Sólo un 40% de los potenciales beneficiarios la recibían en el ejercicio 2023 y no alcanzaba el umbral de pobreza severa. De acuerdo con los cálculos efectuados por este Tribunal, en 2024, sólo el 21% de los hogares en situación de pobreza severa recibían el IMV, existiendo en España 538.325 hogares sin ingresos".
Otro defecto de esta prestación: su concesión depende del estudio de unos requisitos de renta y patrimonio que son del año anterior. Ello hace que la denegación de solicitudes pueda "no ajustarse a la realidad económica del año en el que se hace la solicitud".
Unos rechazos que son muy elevados, por cierto. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que gestiona el IMV, denegó el 68% de las solicitudes de la prestación que se presentaron (2,3 millones, en total) desde que se creó la prestación, en 2020, hasta 2023.
Pero hay más. El órgano fiscalizador denuncia, también, el excesivo tiempo que se toman las administraciones para decidir si conceden una prestación o no. En 2023, el plazo medio fue de más de cinco meses (154 días). Y en el 42% de los casos, se superó "considerablemente" el tiempo máximo para tomar esta decisión: seis meses.
Asimismo, el Tribunal de Cuentas considera que "la brecha digital y la burocracia" que lleva aparejada la solicitud de esta prestación son otros elementos que "sin duda constituyen una fuerte barrera de entrada".
