Eduardo Ortega Socorro Invertia | Agencias

Finalmente, la Agencia Tributaria ha decidido retrasar 'sine die' la declaración de la renta presencial. Aunque los plazos para pedir cita empezaban este martes, y la atención al contribuyente el próximo 13 de mayo, estas fechas han quedado descartadas

"No se dan las circunstancias sanitarias para empezar en presencial el 13 de mayo", explican fuentes de la Agencia, que añaden que todavía no hay fechas marcadas para retomar las declaraciones físicas. Ello dependerá de lo que cómo avance la situación del Covid-19. "Iremos viendo más adelante". 

En cualquier caso, Jesús Gascón, director del órgano, aseguró la semana pasada que muchos contribuyentes que en el pasado habían optado por la declaración presencial, este año estaban optando por la telemática. 

Telefónica

Ante esta situación, el ente está priorizando recursos y atención en la atención telefónica. De hecho, los contribuyentes podrán solicitar desde este martes 5 de mayo el Plan Le llamamos de la Agencia Tributaria.

De esta forma, los contribuyentes que quieran que la Agencia Tributaria les llame para confeccionar la declaración de la Renta, pueden efectuar su petición de cita previa desde este martes por Internet, mediante la 'app' o en los teléfonos 901 22 33 44 - 91 553 00 71 (atención personal) o 901 12 12 24 - 91 535 73 26 (servicio automático), hasta el próximo 29 de junio de 2020, en horario de 9 a 19 horas de lunes a viernes.

Mayor brevedad

La AEAT, que ha reforzado la atención telefónica, comenzará a llamar a partir de este jueves, 7 de mayo, y teniendo en cuenta la situación actual derivada del Covid-19 intentará hacerlo a "la mayor brevedad posible", sin poderle confirmar día y hora, para confeccionar y dejar presentada la declaración de Renta 2019.

Para ello, será necesario aportar el número de referencia, para lo que se deberá disponer del DNI/NIE, su fecha de validez, de expedición o número de soporte y casilla 505 de la Renta 2018.

Además, la documentación que hay que tener preparada para cuando se reciba la llamada es la referida a rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta salvo fondos si base de retención en el artículo 97.2 o ganancias y pérdidas patrimoniales sin transmisión (salvo subvenciones de actividades económicas).

También será necesario tener preparada la documentación sobre imputación del régimen de rentas inmobiliarias, rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 1 bien inmueble alquilado y 1 contrato de alquiler, rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones) y todas las rentas anteriores derivadas del régimen de atribución de rentas.

Doble imposición

Igualmente, se efectuará la declaración por esta vía en los supuestos de deducción por doble imposición internacional, rentas exentas con progresividad, regularización cláusula suelo, compensación partidas pendientes ejercicios anteriores y rectificaciones y complementarias del ejercicio.

Para contribuyentes con perfil tradicional de asistencia presencial (hasta dos alquileres, hasta dos actividades en módulos, ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de hasta dos transmisiones), se les prestará el servicio de asistencia durante el mes de junio, según ha informado la AEAT.

El organismo ha destacado que va a efectuar un "gran refuerzo" para la confección de declaraciones por vía telefónica, con el fin de llegar a los contribuyentes que habitualmente requieren atención en oficinas, supeditando cualquier decisión sobre el inicio y el formato de la atención presencial en Campaña de Renta en las oficinas de la AEAT a las condiciones que vayan marcando en cada momento las circunstancias sanitarias.

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