El Tribunal General de la Unión Europea (UE) avaló hoy a la empresa gallega Yatecomeré en una disputa por el registro de una marca solicitada por la firma catalana The GB Foods, al considerar que existía riesgo de confusión entre ambas denominaciones.

El conflicto se inició en 2013 cuando The GB Foods, con domicilio social en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona) solicitó el registro de la marca europea Yatekomo para alimentos como carne, pescado, frutas y verduras, huevos, leche y productos lácteos.

En mayo de 2015 la empresa Yatecomeré, con domicilio social en Ribadumia (Pontevedra), presentó una solicitud de nulidad de la marca Yatekomo respecto de todos los productos para los que había sido registrada.

La solicitud de nulidad se basaba en la marca figurativa española "Yatecomeré, el vacío que te llena", registrada por la empresa gallega para productos alimenticios.

En junio de 2016, la Oficina europea de Propiedad Intelectual EUIPO estimó parcialmente la solicitud de nulidad, basándose en que existía riesgo de confusión, y anuló la marca de la empresa catalana respecto a productos como carne, pescado, frutas y verduras.

De esa manera, la marca de GB Foods quedó registrada únicamente para arroz, tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería; azúcar; levadura y polvos de hornear, y hielo.

En agosto de 2016, la empresa catalana recurrió ante la EUIPO, pero su recurso fue desestimado, al entender la oficina que había un riesgo de confusión que justificaba la anulación del registro de la marca de The GB Foods respecto de todos los productos controvertidos.

El Tribunal General de la UE avaló hoy a la EUIPO y desestimó el recurso de The GB Foods, confirmando en todos sus puntos la resolución de la oficina europea.

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