Antonio Brufau (a la izquierda) e Isidro Fainé.

Antonio Brufau (a la izquierda) e Isidro Fainé. E.E.

Invertia

La Audiencia Nacional confirma la exoneración de Repsol, CaixaBank, Brufau y Fainé en el caso Tándem

La Sala de lo Penal rechaza el recurso del fiscal anticorrupción y avala por segunda vez la desimputación de ambos directivos y sus compañías

31 enero, 2023 14:55

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha exonerado por segunda vez al presidente de Repsol, Antonio Brufau, y al expresidente de CaixaBank, Isidro Fainé, de su implicación en el caso Tándem, en el que se investigan los presuntos delitos cometidos por el excomisario José Manuel Villarejo en la ejecución de encargos para los que fue contratado en 2011 por los jefes de seguridad de Repsol y CaixaBank.

El tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión de archivo tomada por el juez instructor del caso, Manuel García-Castellón.

La Sala ha confirmado la inexistencia de indicios suficientes de que Repsol y Fainé ordenaran una investigación para conocer los pasos que iba a dar el expresidente de Sacyr, Luis del Rivero, tras haber alcanzado un pacto con la mexicana Pemex con el objetivo de hacerse con el control de Repsol. 

[El juez vuelve a archivar la investigación contra Fainé y Brufau por la contratación del excomisario Villarejo]

El 2 de junio del pasado año el juez instructor dio por terminada la investigación y limitó la responsabilidad de los presuntos delitos de revelación de secretos y cohecho apreciados a los exencargados de seguridad de Repsol y CaixaBank, así como a Villarejo, su socio Rafael Redondo y el excomisario Enrique García Castaño. Éste, abusando de su condición de jefe de la Unidad Central Operativa de la Policía, habría facilitado a Villarejo el tráfico de llamadas de Del Rivero, que fue encontrado durante registros practicados en los domicilios de Villarejo y Redondo.

Ningún directivo de las compañías implicadas, ni sus presidentes ni las propias entidades fueron incluidos en esa resolución, que supuso para ellos el cierre de las diligencias de instrucción.

Al igual que ya apreció el 29 de julio de 2021, cuando archivó la causa por primera vez respecto a Brufau y Fainé, el juez insistió en que no hay indicios de que la orden de contratar a Villarejo fuese dada por ellos ni de que fuesen informados de los resultados de la investigación presuntamente ilegal llevada a cabo por el entonces comisario de Policía.

[La Fiscalía Anticorrupción recurre la nueva exoneración de Brufau y Fainé por la contratación de Villarejo]

Esa primera exoneración fue revocada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el 7 de febrero de 2021. García-Castellón reabrió la investigación y la volvió a cerrar, lo que ahora respalda la Sala.

Modelo de prevención de delitos

El tribunal afirma que, en el momento en que se produjeron las contrataciones con Cenyt, la empresa de Villarejo, tanto Repsol como CaixaBank contaba con un modelo de prevención de delitos que cumplían con los requisitos previstos en el artículo 31 bis Código Penal, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

"Ningún modelo es infalible", señala, "y si un delito se comete por alguno de los sujetos que contempla el precepto citado, no implica necesariamente que el modelo de prevención de delitos adoptado por la persona jurídica sea inadecuado, incumpla la normativa vigente o falle, pues bastaría con adoptar un modelo que cumpliera todas las normas para impedir la comisión de delitos, lo que no se ajusta a la realidad, y precisamente por eso los modelos de prevención de delitos están sujetos a revisiones periódicas".

También señala que la contratación de los servicios de Cenyt "cumplió las normas
corporativas de Repsol sobre inversiones y gastos, compras y contrataciones y
autorización de pagos vigentes durante el periodo en que fueron autorizadas y pagadas".

"No se centralizó toda la operación en el investigado Rafael Araújo [jefe de seguridad de Repsol en aquel momento] ni en la Dirección de Seguridad Corporativa, sino que antes del pago de las facturas éstas pasaron por el área económico-administrativa sin que detectara ninguna irregularidad".

Contratación conforme a las normas

 "Si el modelo de prevención de delitos de Repsol era adecuado y ninguno de los departamentos por los que las facturas pasaron hasta su pago apreció irregularidad alguna, abunda en la conclusión de que el proceso de contratación de Cenyt fue conforme a las normas de la compañía, pues no parece posible que, de no ser así, ninguno de los empleados de la misma por los que pasaron las facturas, todos formados en el sistema de ética, código de conducta y modelo de prevención de delitos, detectara ninguna irregularidad y la connivencia entre todos ellos, aparte de resultar altamente improbable, no se ha evidenciado en modo alguno", explica la resolución.

En el caso de CaixaBank, "las facturas pasaron por los departamentos correspondientes de la entidad, fueron contabilizas y pagadas. El carácter confidencial y reservado del encargo justificaba que no se hiciera constar de modo expreso".

"Nada de ilícito hay en que Repsol y CaixaBank aúnen esfuerzos para frustrar un plan que consideran perjudicial para sus intereses societarios, siempre y cuando actúen dentro de la legalidad, dice la Sala respecto a la operación Pemex.

Y "no hay constancia" de que ni Brufau ni Fainé, ni otros directivos también exonerados como Luis Suárez de Lezo o Antonio Massanell, conocieran que en el encargo realizado a Villarejo, "pues ello no resulta de los correos electrónicos y documentos analizados ni de ninguna de las demás diligencias de instrucción
practicadas".