La Fiscalía de Granada ha solicitado el archivo provisional de la causa penal abierta contra Juana Rivas el pasado mes de marzo.
Todo ello después de que su expareja, el italiano Francesco Arcuri, la denunciara por un posible delito de sustracción de menores por impedir la vuelta a casa del menor de sus hijos.
Según ha informado Aránguez Abogados, el equipo jurídico de esta vecina de Maracena, el Ministerio Público ha considerado que las diligencias practicadas durante la investigación no aportan elementos suficientes para formular acusación, por lo que ha pedido el sobreseimiento de la causa.
Las mismas fuentes han precisado que la Fiscalía ha formalizado la petición en un informe firmado este 14 de septiembre y dirigido a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Granada en el que interesa de manera expresa el archivo al entender que no ha quedado "suficientemente acreditada" la comisión de un nuevo delito de sustracción de menores.
La causa se abrió en marzo de 2025 cuando la expareja de Juana Rivas formalizó una denuncia después de que el hijo menor de ambos, y del que él tiene la custodia en Italia, no regresase a casa.
El menor viajó a España en diciembre de 2024 para pasar la Navidad con la familia materna, que activó acciones judiciales para evitar su regreso con Arcuri, una vuelta que se formalizó en julio de 2025.
Juana Rivas se apoyó entonces en la decisión del Juzgado de Instrucción 4 de Granada que, tras escuchar en enero de 2025 al menor, adoptó medidas cautelares de protección para evitar que regresase a Italia, acuerdo que después suspendió la Audiencia de Granada.
A Rivas se la condenó a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores, una condena que el Tribunal Supremo redujo en 2021 a la mitad al interpretar que aunque estuvo en paradero desconocido con sus dos hijos, solo era un delito.
Aránguez Abogados ha apuntado que el informe fiscal marca una diferencia entre los acontecimientos de 2017, por los que se condenó a Juana Rivas, y los sucedidos en 2025, y considera que en este último caso no hubo "voluntad de retener" al menor.
Presencia en España
Las mismas fuentes han precisado que el informe otorga especial relevancia a que, al iniciarse los acontecimientos en enero de 2025, la permanencia del niño en España estuvo respaldada por una medida de protección judicial.
Sobre los hechos de 2025, la Fiscalía destaca que Juana Rivas no se ocultó con el menor, que su localización fue siempre conocida y que articuló su oposición a la entrega a través de procedimientos y recursos judiciales.
Con estos datos, la Fiscalía solicita formalmente el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones, como hizo con anterioridad la defensa de Rivas.
