Las claves
nuevo
Generado con IA
Los seis magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, y no una sección de tres, serán los que decidan sobre el recurso con el que el padre de Noelia C., que se quedó parapléjica en 2022 tras un intento de suicidio, trata de frenar la eutanasia de esta joven de 25 años.
Según fuentes del TC, la decisión se ha tomado teniendo en cuenta que se trata del primer recurso de amparo que se presenta en relación con la aplicación de una ley cuya constitucionalidad fue avalada en marzo de 2023.
Fue un fallo que, insólitamente, no dividió al Tribunal Constitucional en bloques: dos magistrados del ala conservadora respaldaron la ponencia del progresista Ramón Sáez.
El TC tiene que decidir ahora si admite a trámite el recurso del padre de Noelia. La propuesta de la magistrada ponente, María Luisa Balaguer, es negativa.
El criterio de inadmitir la demanda es compartido de forma unánime sus compañeros de sección. Ninguno de ellos aprecia en esa demanda la vulneración de los derechos fundamentales que se invocan: derecho a la vida y derecho a la tutela judicial efectiva con proscripción de arbitrariedad.
El padre de Noelia, asistido de Abogados Cristianos, ha pedido al TC que suspenda la ejecución de la eutanasia. Pero esa medida cautelar decaerá si el Constitucional no admite a trámite el recurso.
Autorizada hace casi dos años
La muerte asistida de Noelia fue autorizada el 18 de julio de 2024 por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña.
Este organismo, existente en cada comunidad autónoma, está integrado por, al menos, siete miembros que deben ser personal médico, de enfermería y juristas.
Se encarga de resolver las reclamaciones contra la denegación de la eutanasia por los dos profesionales -un médico y un jurista, miembros de la propia Comisión- inicialmente encargados de verificar si concurren los requisitos establecidos para la prestación.
La Comisión de Garantía y Evaluación es también la que toma la decisión definitiva cuando no hay acuerdo en la dupla de médico y jurista que interviene en la primera fase del proceso. Éste fue el motivo por el que el caso de Noelia llegó a la Comisión.
Periplo judicial
Tras la resolución favorable de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, la prestación de ayuda para morir fue señalada para el 2 de agosto de 2024.
Pero el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo la suspendió cautelarmente a petición del padre de Noelia, Javier C., que interpuso un recurso.
Desde entonces, las tres instancias judiciales que han examinado el asunto -el Juzgado, el Tribunal Superior de Cataluña y el Tribunal Supremo- han desestimado la pretensión del progenitor de que se revoque la autorización de la eutanasia para su hija.
Noelia, nacida en octubre de 2000, ha tenido varios intentos de suicidio. En el último de ellos, el 4 de octubre de 2022, quedó parapléjica y desde entonces se encuentra hospitalizada y en silla de ruedas.
Javier C. sostiene que su hija sufre un trastorno de la personalidad que afecta a la esfera volitiva y a la formación de una voluntad "libre y estable".
Considera que ese "trastorno mental severo" afecta a su capacidad de decidir.
Sin embargo, tras el análisis de los informes médicos, las declaraciones periciales de los facultativos y las exploraciones de Noelia, tanto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo como el TSJ de Cataluña concluyeron que tiene "capacidad plena" para solicitar la eutanasia.
También consideraron que cumple todos los requisitos para que la prestación sea autorizada, al padecer una enfermedad gravemente incapacitante que está médicamente contrastada.
El Tribunal Superior catalán destacó que de ninguna de las pruebas practicadas se desprende la ausencia de capacidad de la solicitante, sino todo lo contrario.
Por ello, consideró que las meras afirmaciones de que Noelia C. tiene patologías psiquiátricas resultan insuficientes, al estar desprovistas de cualquier refuerzo técnico.
Junto a ello, destacó que la joven ha mantenido su decisión de pedir la eutanasia desde abril de 2024.
El Tribunal Supremo inadmitió a trámite el recurso de casación el pasado 21 de enero.
Argumentó, de un lado, que las pruebas habían sido examinadas tanto por la Administración como por dos instancias judiciales, sin que la casación sea "un recurso ordinario más" para hacer valer la discrepancia con el resultado valorativo realizado.
De otro lado, sobre la "irregularidad procedimental" de que el médico y el jurista, pese a estar de acuerdo en que era procedente autorizar la eutanasia, fingieron su desacuerdo para que el caso de Noelia llegara a la Comisión de Evaluación y que la solución tuvieran mayores garantías, el Supremo indicó que ello "no cambió el resultado del procedimiento".
"Tampoco causó indefensión material alguna" ni a Noelia ni a su padre. Y ello "al margen de que esa actuación [de la dupla] pueda tener otras consecuencias ajenas a este pleito".
