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Las claves

El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado este jueves la petición de las acusaciones populares de acordar la prisión preventiva de Koldo García, asistente del exministro de Transportes José Luis Ábalos.

Puente ha vuelto a compartir la posición del fiscal jefe anticorrupción, Alejandro Luzón, que, tras una comparecencia en la que Koldo García se ha negado a declarar, ha pedido que se mantengan las medidas cautelares que ya tiene impuestas: retirada del pasaporte, prohibición de salir de España sin autorización judicial y comparecencias quincenales.

Luzón ha argumentado que esas medidas son suficientes "en este momento", en el que aún no ha terminado la instrucción y no se han presentado escritos de acusación contra García.

Koldo García llega al Supremo

"No se advierte el concurso de los elementos que podrían determinar la procedencia de tan grave limitación del derecho fundamental a la libertad", afirma el instructor respecto a la petición de las acusaciones populares, explicitada en la comparecencia por el letrado del Partido Popular, que fue el primero en personarse.

La citación del asistente de Ábalos ha estado motivada, como la del propio exministro ayer, por el reciente informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil sobre el patrimonio del todavía diputado y exsecretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos.

La UCO ha concluido que tanto Ábalos como su asistente, Koldo García, manejaron "ingresos irregulares y opacos" en efectivo. Fondos que aumentaron, además, durante la etapa en la que encabezó el Ministerio de Transportes.

En una resolución que ha dictado tras la comparecencia de García, el juez afirma que los indicios contra él "persisten, e incluso aparecen seriamente consolidados", tras ese informe.

"Pudiera, tal vez, disponer de una cierta cantidad de dinero, que hasta la fecha no ha sido hallada", admite.

Y "es cierto que mantuvo en el pasado ciertos vínculos con otros países, que se desconoce si persisten".

Puente opta por mantener las mismas medidas cautelares que ya pesaban sobre García -similares a las de Ábalos- porque "ninguna de las finalidades" que justifican la prisión preventiva "se advierte aquí con la suficiente claridad".

El riesgo de fuga

Tras descartar el peligro de reiteración delictiva, el instructor analiza el riesgo de que el investigado se fugue.

"Concurriendo con respecto a él indicios bastantes de su posible participación en uno o varios delitos de significativa gravedad y con relación a los cuales pudiera seguirse en el futuro la imposición de una condena a pena o penas privativas de libertad de importante extensión, no puede nunca descartarse", señala.

La posibilidad de que Koldo García se sustraiga a la acción de la Justicia "existe siempre en supuestos equivalentes", pero no se aprecia en este caso "con la indispensable intensidad".

Y ello porque desde el inicio del procedimiento, primero en la Audiencia Nacional y ahora en el Tribunal Supremo, ese riesgo se ha conjurado con las medidas cautelares vigentes.

"Es verdad", añade, que el riesgo de fuga "resulta creciente, conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas, se robustece; y conforme también se aproxima la fecha de celebración del juicio oral".

Sin embargo, "en este momento considera el instructor suficiente el mantenimiento de las medidas cautelares ya acordadas".

Finalmente, explica que "no parece -no existe elemento alguno que así lo justifique-, dado el tiempo transcurrido y el conjunto de actuaciones ya practicadas, que se halle ahora el investigado en disposición de alterar, ocultar o destruir fuentes de prueba".