El juez instructor de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha acordado la citación del Estado en el caso Tándem como responsable civil subsidiario de los presuntos delitos cometidos por el excomisario José Manuel Villarejo mientras se encontraba en servicio activo en el Cuerpo Nacional de Policía.

El instructor ha acogido la petición del abogado Manuel Ollé, defensor del exjefe de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, en la pieza 17 del caso Tándem.

El letrado reclamó que el Estado sea llamado a la causa para hacer frente, en caso de condena, a la responsabilidad civil subsidiaria de los delitos que habría cometido Villarejo mientras se encontraba en activo y, valiéndose de esta condición funcionarial, accedió supuestamente de forma ilícita a datos reservados de personas y empresas a las que investigó por encargos particulares a cambio de ingentes cantidades de dinero. 

[Un imputado pide al juez que el Estado sea presunto responsable de los delitos atribuidos a Villarejo]

En casi cinco años de instrucción el caso Tándem nadie, hasta el pasado mayo, había planteado la posible responsabilidad del Estado por la conducta de Villarejo.

La petición del letrado Ollé se basaba en el artículo 121 del Código Penal, según el cual el Estado "responde subsidiariamente de los daños causados por los penalmente responsables de los delitos" cuando sean funcionarios estatales en el ejercicio de sus cargos "siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que les estuvieren confiados".

El juez ha estado de acuerdo y ha citado a la Abogacía del Estado, de momento en la pieza sobre Iberdrola.

Poder defenderse

El instructor se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo para considerar que el llamamiento al proceso de los posibles responsables civiles no debe esperar al momento de presentar los escritos de acusación sino que debe hacerse antes "para que puedan tener conocimiento de los hechos y defenderse".

De acuerdo con el alto tribunal, "la introducción de una eventual exigencia de responsabilidad civil frente a quien no ha sido llamado en tal condición hasta este momento procesal de presentar los escritos de acusación podría llevar consigo previsibles nuevas exigencias de indagación y aportación de datos, en suma, de retroacción del procedimiento, en un momento procesal en el que ello resulta imposible, siendo por ello necesario claridad en la identificación de las partes antes

del cierre de la fase sumarial".

Por ello, dice el juez, debe aceptarse la petición realizada por Asenjo y citar al Estado como responsable civil subsidiario “ofreciéndole un plazo razonable para que pueda tomar conocimiento de las actuaciones y eventualmente alegar o defenderse, en orden a su posible exclusión de tal posición procesal”.

Prórroga de la investigación

Por ello, añade, la pieza referida a Iberdrola necesitará una prórroga de plazo de seis meses, que terminará el 29 de enero de 2023.

Además, el instructor ha acordado tres declaraciones testificales a los efectos de esclarecer si las facturas emitidas por la compañía de seguridad Casesa y por la empresa de Villarejo Cenyt a Iberdrola corresponderían a los servicios relacionados

con la central de Iberdrola en Arcos de la Frontera y si esos servicios fueron prestados por Villarejo.

En la pieza 17 se ha investigado un encargo que Iberdrola habría hecho a Villarejo para contrarrestar la oposición surgida a la construcción de una central de ciclo combinado en la población gaditana.