La Asociación de Fiscales, de representación mayoritaria en la carrera fiscal, ha pedido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que anule el nombramiento de Eduardo Esteban como fiscal de sala de menores, realizado por la fiscal general, Dolores Delgado, por pura "arbitrariedad", "ignorando" el principio de mérito y capacidad y por razones de "afinidad ideológica", sostiene en la demanda que acaba de formalizar.

El fiscal de sala José Miguel de la Rosa, que pidió sin éxito el puesto y también ha recurrido el nombramiento de Esteban, llega a hablar de desviación de poder, destacando que todos los fiscales que han sido ascendidos a la primera categoría por Delgado, sin excepción, pertenecen a la Unión Progresista de Fiscales, a la que ella misma está vinculada.

"Todos los fiscales que han sido ascendidos a la categoría de fiscal de Sala por la actual fiscal general presentan un elemento común: son destacados miembros de la Unión Progresista de Fiscales, asociación minoritaria en la carrera ", señala. A la UPF también pertenecía ella hasta que fue nombrada ministra de Justicia, cargo desde el que fue promovida sin solución de continuidad al de fiscal general por el Gobierno de Pedro Sánchez.

Delgado eligió a Esteban como fiscal de sala de menores pese a no haberse dedicado a esa jurisdicción y no tener especialidad en Derecho de Menores. Tampoco ha publicado nada sobre esta materia. El plan de actuación que presentó "hacía constante cita entrecomillada – puramente expositiva - de las circulares e instrucciones de la Fiscalía General" sobre menores, que han sido elaboradas, precisamente por José Miguel de la Rosa.

El resultado es que Delgado ha nombrado como coordinador de los fiscales de menores, a los que sí se pide ser especialistas, a quien carece por completo de esa especialidad, señalan los recursos, conocidos por EL ESPAÑOL. "No obstante, en el curriculum el designado resalta su pertenencia a la Unión Progresista de Fiscales".

Delgado propuso, además, a Esteban sin ser el candidato más apoyado por el Consejo Fiscal, órgano de representación democrática de la carrera. El Consejo apoyó mayoritariamente a José Miguel de la Rosa en una reunión celebrada el pasado 12 de marzo.

De la Rosa, fiscal jefe de la Secretaría Técnica con tres fiscales generales distintos, ha ocupado destinos relacionados con los menores desde 1993. Ha publicado cinco monografías y multitud de artículos sobre Derecho de Menores. Ha elaborado los proyectos de circulares, instrucciones y consultas que constituyen la doctrina de la Fiscalía General del Estado sobre la materia.

También ha participado en foros internacionales sobre menores, formando parte de la delegación española ante el Comité de Derechos del Niño. A diferencia de Esteban, De la Rosa contaba ya con la categoría necesaria para el cargo (fiscal de sala). 

Falta de motivación

"Dada la gran diferencia de méritos objetivables", Dolores Delgado debió justificar por qué eligió a Eduardo Esteban en vez de a José Miguel de la Rosa. Esa motivación, según los recurrentes, no se hizo.

La fiscal general justificó su elección con argumentos como "el talante y disposición [de Esteban] para generar sinergias positivas", "conoce primera mano la realidad de los/las fiscales, así como las problemáticas y necesidades a las que se enfrentan en su trabajo diario", "su conocida capacidad de motivación y coordinación, su calidad humana, talante positivo y conciliador y cohesionador y un enorme sentido común".

También indicó que su ejercicio profesional durante diez años en el Tribunal Constitucional "puede aportar la perspectiva constitucional y de los derechos fundamentales que tan bien conoce en una materia que afecta a un colectivo tan vulnerable como es el de los/las menores de edad".

Las demandas resaltan que el artículo 18 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que para las secciones especializadas tienen preferencia aquellos fiscales que por razón de las anteriores funciones desempeñadas, cursos impartidos o superados o por cualquier circunstancia análoga se hayan especializado en la materia. "No parece desproporcionado exigir que para el cargo de fiscal de sala de menores también deban

valorarse prioritariamente esos méritos", argumenta la Asociación de Fiscales.

La Instrucción 5/2008 señala, en la misma línea, que "el impulso a la especialización de los fiscales, como exigencia derivada de la complejidad del Derecho y como

medio casi indispensable para reforzar el principio de unidad de actuación, ha sido

una constante en las reformas legislativas y en las instrucciones de la Fiscalía

General del Estado en estos últimos años”.

La Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, establece la obligación de formar a jueces y fiscales especialistas en la jurisdicción de menores, teniendo preferencia "para desempeñar los correspondientes cargos". "La fiscal general ignora los méritos que sí se exigen a los fiscales" de las secciones de menores, destaca la AF.

A su juicio, Delgado ha hecho una motivación a favor de Esteban "absolutamente parcial y voluntarista, que se limita en términos de grandilocuencia a poner de relieve aspectos marginales del candidato propuesto que muy poco tienen que ver con la tarea que conlleva la Unidad Especializada de Menores de la Fiscalía, sobre todo si se examina con el debido rigor la documentación aportada por el candidato propuesto sobre su actividad profesional en materia de menores, prácticamente inexistente, frente a la desplegada por José Miguel de la Rosa".

"Además", añade, "se promueve a Esteban a la categoría de fiscal de sala sin el parecer mayoritario del Consejo Fiscal, incurriendo, a juicio de esta parte, en un mero voluntarismo que responde a razones de afinidad ideológica, con absoluta ajenidad a las cualidades técnicas y de valía para el cargo".

Todo ello "impide" que el nombramiento de Esteban "pueda ser considerado conforme a Derecho, pues la discrecionalidad de la que goza la fiscal general en su propuesta no puede traducirse en una libertad omnímoda ni en una ausencia o imposibilidad de control jurisdiccional rigiendo, en todo caso, la constitucional interdicción de la arbitrariedad, habiendo probado esta parte lo irracional de la propuesta".

Mérito y capacidad

Por su parte, el recurso de De la Rosa señala que la motivación de la propuesta a favor de Esteban "es meramente formal y artificiosa, tendente a dar cobertura a una decisión arbitraria".

A su parecer, la decisión de Delgado infringe el artículo 23 de la Constitución "en tanto no respeta los principios de mérito y capacidad" y considera que "no puede considerarse correctamente cumplido el requisito de motivación cuando ésta se materializa tan sólo en calificaciones abstractas y globales que no concretan las singulares circunstancias del candidato" ni expresan los criterios cualitativos de evaluación seguidos para comparar a los aspirantes a la plaza.

Además, "en cuanto que el nombramiento implica ascenso a la categoría de fiscal de sala, no susceptible de remoción, debiera exigirse una especial motivación".

A su juicio, "no había ninguna necesidad ni justificación para ascender a un fiscal que no tenía categoría de fiscal de sala para cubrir el destino de fiscal de sala coordinador de menores, cuando la plaza había sido solicitada por un fiscal con sobrados méritos, con cualificación especialización con la categoría requerida. No debe olvidarse que cada ascenso a la primera categoría supone una detracción de recursos del presupuesto destinado al Ministerio Fiscal, existiendo en la actualidad en el escalafón de la carrera fiscal hasta cinco fiscales de sala adscritos en expectativa de obtener un destino correspondiente a tal categoría".

De la Rosa también considera que la propuesta de Delgado hubiera debido satisfacer la necesidad de una cualificada motivación por el hecho de separarse del criterio mayoritario del Consejo Fiscal.

Litigio "estratégico"

Según el recurrente, éste es un "litigio estratégico" por su "relación indirecta con los

derechos y expectativas profesionales de todos los fiscales" y porque "saca a la luz las carencias estructurales y los defectos funcionales del marco jurídico en el que efectúan los nombramientos discrecionales en el seno del Ministerio Público".

"La ausencia de mecanismos reglamentarios de baremación no puede constituirse en obstáculo para la evaluación racional y razonada del mérito, la especialización, el rendimiento y la calidad de trabajo de cada solicitante", sostiene.

Ambos recursos piden la anulación del nombramiento de Eduardo Esteban y que se retrotraiga el proceso selectivo al momento anterior a la propuesta de la fiscal general, "a fin de que emita una nueva en la que se explicite las aptitudes del candidato propuesto como más idóneo para su desempeño tras la ponderación de los méritos acreditados por los dos candidatos votados mayoritariamente por el Consejo Fiscal".

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