Unidas Podemos ha fracasado en su pretensión de que los tribunales abrieran un proceso penal contra José María Aznar, expresidente del Gobierno y del PP, por "haber faltado a la verdad" -según el partido de Pablo Iglesias- durante su comparecencia en la comisión de investigación de la presunta financiación ilegal del PP constituida en el Congreso en 2018.

El Código Penal castiga con prisión de seis meses a un año o multa a quien "faltare a la verdad en el testimonio" prestado en una comisión parlamentaria de investigación.

Aznar compareció el 18 de septiembre de 2018 ante la comisión de investigación del Congreso sobre la supuesta caja B del PP y protagonizó un duro enfrentamiento con Pablo Iglesias.

Aznar niega que existiera una caja b en el PP y se desentiende de Gürtel

El partido del actual vicepresidente segundo del Gobierno le denunció luego por cinco manifestaciones: afirmar que la sentencia del caso Gürtel se refería a "dos circunstancias" concretas de financiación ilegal del PP "en dos municipios"; haber negado conocer a Francisco Correa, cuando éste y su esposa fueron invitados a la boda de su hija ("yo no he tenido ninguna relación con el señor Correa, nunca", dijo Aznar); poner en duda la existencia de una caja B del Partido Popular pese a la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el caso Gürtel; haber negado la participación de soldados españoles en la guerra de Irak ("España no mandó soldados a aquella guerra. Esos hombres y mujeres a los que usted se refiere actuaban bajo el mandato de las Naciones Unidas") y haber negado tener relación con José Ramón Blanco Balín, implicado en el caso Gürtel.

La denuncia fue archivada el pasado octubre por el Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid, decisión que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial.

La resolución explica que para considerar cometido el delito "debe alterarse sustancialmente la verdad, lo que supone, entre otras cosas, que la alteración ha de incidir de forma determinante sobre aspectos esenciales del objeto de la declaración, en este caso de la investigación que da lugar a la comparecencia". Además, el autor del delito "debe ser consciente de la falsedad de su declaración".

"Hemos de tener en cuenta, porque así nos lo indica la práctica judicial, que si cualquier falta de rigor en una declaración prestada en un procedimiento

judicial o en una comparecencia de una comisión de investigación parlamentaria fuera

considerada relevante penalmente, prácticamente la totalidad de dicha clase de deposiciones darían lugar a la incoación de una causa penal", afirma la Audiencia.

Para admitir a trámite la denuncia las manifestaciones de Aznar "deberían ser relevantes a los efectos de la investigación", lo que no es el caso.

"Nos hallamos ante respuestas que, o bien son opiniones o interpretaciones del compareciente sobre una resolución judicial o un acontecimiento, o bien carecen de relevancia para la investigación", señala.

Recuerda, además, que el derecho a la libertad de expresión avala la crítica a las resoluciones judiciales.

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