El pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad la celebración de un nuevo juicio en la Audiencia Nacional contra Arnaldo Otegi por el caso Bateragune, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial en el proceso que se siguió contra el dirigente de Bildu. El caso Bageragune se refiere a la reconstrucción de la dirección de Batasuna por orden de ETA pese a que la formación había sido legalizada.

En noviembre de 2018, el TEDH consideró que el juicio celebrado por la Audiencia Nacional contra Otegi no cumplió con todas las garantías al formar parte del tribunal la magistrada Ángela Murillo, que anteriormente, en marzo de 2010, ya había incurrido en una falta de imparcialidad en un juicio por enaltecimiento del terrorismo en el que estaba acusado también Arnaldo Otegi.

En aquella vista oral, Murillo preguntó a Otegi si condenaba a ETA y, ante la negativa de éste a ofrecer una respuesta, la juez le dijo que ya sabía que no le iba a contestar. El Supremo apartó a la magistrada del caso al apreciar en ella "prejuicio". La vista oral fue repetida y el exportavoz de Batasuna resultó absuelto en ese procedimiento.

El pasado julio, el Tribunal Supremo ya anuló la sentencia del caso Bateragune que impuso penas de entre 6 años y 6 años y medio de prisión al actual líder EH Bildu, Arnaldo Otegi, y a otros dos acusados, tras la condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a España en 2018 por parcialidad de una jueza.

Ahora, los 16 magistrados de la Sala Penal del alto Tribunal han ordenado la celebración de un nuevo juicio en cumplimiento del artículo 4.2 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que excluye la prohibición de doble enjuiciamiento en supuestos como el que afecta a Otegi. La decisión se fundamenta también en los precedentes de la propia jurisprudencia de la Sala, según ha informado el tribunal.

La sentencia, de la que es ponente el magistrado Miguel Colmenero, es coincidente con el criterio de la Fiscalía del Tribunal Supremo que interesó la celebración de un nuevo juicio para evitar que los hechos quedaran imprejuzgados.

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