La Fiscalía de Madrid ha pedido al Juzgado de Instrucción número 42 que rechace el recurso interpuesto por Unidas Podemos contra la decisión del instructor, Juan José Escalonilla, de otorgarle la condición de investigado por presuntos delitos electorales y de financiación ilegal.

La Fiscalía cree que es preciso mantener a Podemos como investigado porque, si no fuera así, "mal podría proponer prueba o interponer recursos, como ha venido haciendo a lo largo del procedimiento".

A su juicio, la atribución de tal condición no hace sino garantizar el derecho de defensa del partido de Pablo Iglesias, por lo que considera la decisión del instructor ajustada a Derecho. 

El Ministerio Público, no obstante, no tiene una visión del todo coincidente con el juez Escalonilla. El fiscal ve indicios delictivos en los hechos relativos a la contratación por Podemos de la sociedad mexicana Neurona Consulting, que se habría creado ad hoc para firmar contratos de prestación de servicios para la campaña electoral de 2019 que no constan efectivamente realizados por el proveedor ni tendrían carácter de gastos electorales.

Además, Neurona efectuó abonos en fechas próximas a las elecciones de 2019 a una mercantil de tecnología digital con sede en Dallas (Creative Advice Interactive) por un importe total de 308.257,20 euros, cuando las transferencias de Podemos fueron superiores. Tampoco constan en Neurona gastos de personal, medios materiales o locales propios de una actividad empresarial.

La Fiscalía considera que esos hechos, de acreditarse, serían constitutivos de un presunto delito de falsedad documental -por tratarse de contratos simulados- y de un presunto delito electoral, por haberse destinado fondos procedentes de las cuentas electorales de Podemos para fines distintos de los establecidos en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.

Sin embargo, el fiscal no ve indicios de un delito de financiación ilegal, que sí aprecia el juez instructor.

El escrito de la Fiscalía recuerda que ni el delito de falsedad ni el delito electoral pueden ser cometidos por una persona jurídica (el partido), sino por los administradores generales y de las candidaturas.

Pese a ello, el Ministerio Público entiende que atribuir al partido la condición de investigado "resulta más garantista para el mismo por cuanto le permite tomar conocimiento de la investigación y garantiza que, si del resultado de las diligencias existen más indicios de la financiación, pueda defenderse y proponer diligencias".

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