El Partido Popular cree que el juez del caso Delcygate, Antonio Serrano-Arnal, está poniendo "obstáculos no razonables" a su intervención como acusación popular en las diligencias en las que se investiga la entrada en el aeropuerto de Madrid-Barajas de la vicepresidenta de Venezuela Delcy Rodríguez el pasado 20 de enero y su reunión con el ministro de Fomento, José Luis Ábalos. Rodríguez es una de los 25 dirigentes de la República Bolivariana sobre los que pesan sanciones acordadas por el Consejo de la Unión Europea que incluyen la prohibición de viajar a cualquier territorio de la Unión Europea.

El PP ha presentado un recurso contra la resolución en la que Serrano-Arnal ha supeditado la personación del partido a que presente una querella y aporte las cuentas anuales para determinar la cuantía de la fianza que, según ha decidido el juez, debe prestar. El instructor ha aceptado la personación del Partido Leócrata y de Vox -que formularon querellas- a condición de que depositen fianzas de 5.000 y 20.000 euros, respectivamente.

La formación de Pablo Casado considera que, en su caso, no es procedente que se le pida ni querella ni fianza porque su personación ya fue aceptada por el Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, que se inhibió a favor del Juzgado número 31, del que es titular Serrano-Arnal, cuando tuvo conocimiento de que las diligencias de éste sobre el Delcygate eran anteriores a las suyas.

"La personación se admitió por el Juzgado número 47 sin exigir querella ni fianza, porque era lo adecuado a la norma procesal y a la jurisprudencia que la interpreta", subraya el recurso del PP, que añade que esa resolución judicial adquirió firmeza al no ser recurrida por nadie.

"La resolución firme del Juzgado número 47 no es un acto procesal nulo ni revisable por el Juzgado número 31", que "no puede dejar sin efecto por simple vía de hecho resoluciones firmes", señala el PP.

El recurso argumenta que Serrano-Arnal "no puede, sin vulnerar el principio de seguridad jurídica y el de la invariabilidad de las decisiones judiciales firmes (...), dejar sin efecto" la admisión de la personación del PP "por la mera circunstancia de que se tenga otro criterio en cuanto a los requisitos formales para el ejercicio de la acción popular en procedimiento ya iniciado, que, por cierto, es un criterio singular del Juzgado número 31 que contradice la doctrina de nuestro Tribunal Supremo".

El PP alude, a este respecto, a la jurisprudencia del alto tribunal en el sentido de que la formalización de una querella -por la acusación particular o por la acusación popular- no resulta necesaria cuando el procedimiento ya se ha iniciado por iniciativa de otra parte o de oficio (por ejemplo, por el Juzgado de guardia, como ocurrió con el Delcygate).

El recurso reproduce uno de los autos de la Sala Penal del Supremo que reflejan ese doctrina. Curiosamente, la resolución de Serrano-Arnal cita ese mismo auto que reconoce el derecho a personarse, sin necesidad de querella, en un procedimiento ya incoado. Respecto a la fianza, de la que la doctrina del Supremo no exime, el PP indica que "su imposición no es imperativa, sobre todo cuando no fue exigida para la personación".

"El instructor", resume, "no puede imponer exigencias formales no establecidas legal ni jurisprudencialmente, contraviniendo gravemente la doctrina y jurisprudencia reiterada, inequívoca, manifiesta, pacífica, no controvertida, persistente, tanto del Tribunal Supremo como de distintas Audiencias Provinciales, entre ellas, la de Madrid". Ésta será la que revise el criterio de Serrano-Arnal en el supuesto de que desestime el recurso.

Diligencias 

En todo caso, el PP indica que, mientras se discute su personación, el instructor debería practicar las diligencias solicitadas al Juzgado número 47 y que éste no practicó dada la inhibición a favor de Serrano-Arnal.

Entre esas diligencias están la entrega al Juzgado de las grabaciones íntegras de las cámaras del aeropuerto, cuya conservación acordó el Juzgado de Guardia como medida cautelar urgente cuando el PP denunció la presencia de Delcy Rodríguez en suelo español.

La formación también considera necesario que el Juzgado solicite la relación de todas las cámaras de videovigilancia que tengan acceso a las zonas en las que la vicepresidenta venezolana estuvo desde que aterrizó su avión hasta que partió de España con destino a Doha (Catar).

La diligencia afectaría no sólo a Rodríguez sino también los demás pasajeros y los tripulantes del avión, las personas que les hayan recibido o con quienes se hayan entrevistado "y la totalidad de las mercancías que transportara el avión".

El PP también propuso que se entreguen de manera inmediata al Juzgado la totalidad de los informes que se hayan evacuado por la autoridades aeroportuarias, así como la relación completa de todas las personas que los días 19 y 20 de enero de 2020 prestaron servicio en la terminal en la que aterrizó al avión de Delcy Rodríguez y en cualquier otra dependencia en la que se haya producido el tránsito o la permanencia de la vicepresidenta de Venezuela y sus acompañantes.

Esa relación debería incluir, sostiene el PP, a los guardias civiles y policías nacionales que puedan ofrecer información sobre los hechos denunciados.

A este respecto, el juez ya acordó pedir al Ministerio del Interior información sobre qué funcionarios del aeropuerto de Madrid-Barajas se encargan de aplicar las directrices sobre la llegada de pasajeros.

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