El Partido Popular continuará en el banquillo de los acusados del juicio de los ordenadores de Bárcenas en el que se le acusa, como persona jurídica, de dos presuntos delitos de daños informáticos por la destrucción de dos discos duros del extesorero del partido donde supuestamente había pruebas de la financiación irregular del partido, como afirmó el propio Bárcenas. 

El titular del Juzgado de lo Penal número 31 ha decidido continuar con el juicio y dejar para el momento de la sentencia la decisión de aplicar o no la doctrina Botín, puesto que ni Bárcenas ni la Fiscalía acusan en este caso.

Precisamente el hecho de que la Fiscalía no acuse planteaba el primer escollo para que el juicio siguiera adelante, pues las defensas solicitaban que se aplicara la denominada doctrina Botín, por la que una acusación popular no puede sostener un proceso si no afecta al interés general ni es víctima directa en el momento que decaen la acusación particular y la del Ministerio Público.

El defensor de Alberto Durán, Esteban Mestre, ha argumentado ante el Tribunal que "no existe un perjudicado, la acusación particular considera que no hay delito y por tanto no tiene sentido una acusación popular". "La acusación dice que el perjudicado, que no se siente perjudicado, sí que tiene que ser indemnizado. Me suena a aquél poema de Bertolt Brecht que dice 'Ayer vinieron por mi vecino, hoy vinieron por mí'", ha dicho el abogado. 

En la misma línea se han manifestado el defensor de Carmen Navarro, Enrique Molina, y el del Partido Popualar, Jesús Santos, que se han remitido a la aplicación del artículo 782.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que la causa no puede continuar si la Fiscalía y la acusación particular solicitan su sobreseimiento. 

Sin embargo, la Fiscalía ha manifestado en la sesión de cuestiones previas que la acusación popular está legitimada. Considera que en el delito de encubrimiento se vulnera un bien jurídico protegido, el del buen funcionamiento de la Justicia, por lo que la acusación popular sí estaría justificada atendiendo al punto número 5 del artículo 20 del Código Penal como una de las excepciones del artículo 782.1 de la Lecrim.

El directo del juicio

El debate sobre si el juicio -en el que por primera vez un partido político, el Partido Popular, se sienta en el banquillo de los acusados- debe retrasmitirse o no en directo también ha protagonizado la sesión de cuestiones previas este viernes.

El juez Eduardo Muñoz Baena ya acordó que las sesiones no se retransmitieran en directo, respondiendo a la solicitud del gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La acusación popular Izquierda Unida recurrió la decisión, solicitando que la sesión final del juicio se retransmitiera en directo. 

Sin embargo, el presidente del Tribunal considera que dicha petición la deberían haber hecho los periodistas que cubren el juicio, volcando sobre ellos la responsabilidad. Ha comparado el juicio de los ordenadores con el del procés, que acaba de concluir en el Tribunal Supremo y sí se ha retransmitido en directo de principio a fin. Para el juez, no todos los juicios penales son iguales: "Soy favorable a retransmitir los juicios de carácter penal, todos nos hemos beneficiado del juicio del procés, pero la decisión no es trasladable a todos los juicios puesto que en aquél las propias defensas eran las interesadas y lo solicitaron".

"Estigmatiza a los acusados"

En el caso que le ocupa, el juez ha justificado la decisión de no emitir la última sesión en directo en que, además del Partido Popular, otros tres acusados se sientan en el banquillo y "una retransmisión en directo tiene carácter estigmatizador para los acusados por los excesos de las opiniones que se vierten en los programas de televisión"

Así, ha acordado que no se retransmita la última sesión para no "dañar la imagen de los acusados ni condicionar a los testigos". Una decisión que ha contado con el respaldo de la Fiscalía, que no acusa en el caso y considera que "la no retransmisión del juicio no merma la publicidad del juicio oral", ha afirmado la representante del Ministerio Público después de que el abogado de Izquierda Unida, Juan Moreno, reclamara "vamos a dar un poco de publicidad al caso". 

Los hechos juzgados

En el juicio que ha arrancado en los juzgados de lo Penal de Madrid se juzga la presunta destrucción de dos discos duros del extesorero Luis Bárcenas. Éstos, que estaban en su despacho de la sede de la calle Génova de Madrid, contendrían información, según ha afirmado el propio Bárcenas, de la financiación irregular (caja B) del partido, que se investiga por otro lado en la Audiencia Nacional.  

Los tres acusados que se sientan en el banquillo como personas físicas por los presuntos delitos de daños informáticos y encubrimiento, por los que se piden para ellos hasta cuatro años y seis meses de prisión, son Carmen Navarro, tesorera del partido, Alberto Durán, representante legal del PP y Juan Manuel Moreno, responsable de informática. En cuanto al Partido Popular, la acusación de Izquierda Unida reclama que pague una multa de 10,9 millones de euros.

Tres acusaciones populares, Izquierda Unida, Asociación de Abogados Demócratas (ADADE) y Observatori DESC acusan a los trabajadores del Partido Popular y al partido como persona jurídica por destruir dos discos duros en poder del extesorero.